REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de Puerto Cabello
Puerto Cabello, (28) de julio de dos mil catorce (2014)
204º y 155º



N° DE EXPEDIENTE: GP21-L-2014-000012
PARTE ACTORA: ALI FRANCISCO CASTILLO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: AMERICA YAJAIRA MIJARES
PARTE DEMANDADA: SINOHYDRO DE VENEZUELA C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LEONORA MARIBEL
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 28 de julio del 2014 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia que la parte actora ciudadano, ALI FRANCISCO CASTILLO venezolano. Mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.168.994 no compareció ni por si, ni por medio de apoderado alguno a la realización de la audiencia preliminar, asimismo, se constata que comparece la empresa demandada, SINOHYDRO DE VENEZUELA C.A, representada por el abogado LEONORA MARIBEL GONZALEZ, inscrita en el inpreabogados n° 54.675, vista la incomparecencia de la parte actora, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Decimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con sede en Puerto Cabello en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 154 ° y 205 °.

EL JUEZ

ABG. EUSTOQUIO JOSE YÉPEZ GARCIA






LA PARTE DEMANDADA







LA SECRETARIA


ABG: DANILY ALVAREZ MAZZOLA