REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA

JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- MARIARA 13 de Febrero de 2014
203º y 154º
Visto el anterior escrito, de fecha 10 de Febrero de 2014, presentado por el ciudadano: RIVERA VERA JORGE ELEAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.138.804, asistido por la abogada: ELIS COROMOTO PINTO PERAZA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 199.941, désele entrada, asígnesele, háganse las anotaciones en los libros respectivos y por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden publico, ni a ninguna disposición expresa de la ley, SE ADMITE cuanto a lugar en derecho la solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGO DE POSECION DE VEHICULO (CIVIL). En consecuencia, el Tribunal acuerda de conformidad, lo solicitado, todo de acuerdo a lo preceptuado en el articulo 94 del reglamento de la Ley de Transito y Transporte Terrestre, en concordancia con el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil. Por ende, se ordena oficiar: AL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS (C.I.C.P.C) DE LA SUB. DELEGACIÓN MARIARA ESTADO CARABOBO Y AL COMANDANTE DEL CENTRO DE REVISION DE TRANSITO TERRESTRE DE LA SUB-DELEGACION SAN JACINTO DEL ESTADO ARAGUA, a los fines de que realice Experticia sobre el referido vehiculo objeto de la solicitud. Todo de conformidad con lo requerido por el Instituto Nacional de Transito y Transporte Terrestre, Con relación a los testigos, éstos declararán en el momento oportuno que la parte los presente. Cúmplase con lo ordenado. Líbrese oficio.-
EL JUEZ TITULAR

Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, y se le dio entrada bajo el Nº 4699-14 y Líbrese oficio Nº 22-107-44-140-14 Y Nº 22-107-44-141-14
El Secretario Titular

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA



SOL. N° 4699-14
ALA/JPPT/oswaldo

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