REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con Sede en Valencia
Valencia, 05 DE FEBRERO 2014
203º y 154º
ASUNTO: GP02-L-2013-001220
PARTE DEMANDANTE: JOSVELY CAROLINE GONZALEZ ROJAS
ABOGADO PARTE DEMANDANTE: LUIS FELIPE SANCHEZ .IPSA 48.970.
PARTE DEMANDADA: TRANSFORMADORES ELECTRICOS CARABOBO, C.A
ABOGADO PARTE EMANDADA: ACDEL JAMID MORENO. IPSA 54.752
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTO.
Acuerdo entre las partes en la audiencia de Prolongación
En el día de hoy, 05 de febrero de 2014, siendo las tres de la tarde (3:00 PM.), día y hora fijado para que tenga lugar LA PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaró abierto el acto, compareciendo a la misma la parte actora JOSVELY CAROLINE GONZALEZ ROJAS, titular de la cedula de identidad: 18.435.200 y su apoderado judicial LUIS FELIPE SANCHEZ, IPSA 48.970 y por la demandada: TRANSFORMADORES ELECTRICOS CARABOBO, C.A. compareció su apoderado judicial ACDEL JAMID MORENO. IPSA 54.752. En este estado la representación de la parte demandada manifiesta que ratifica que consigno cheque de gerencia en la solicitud de Oferta Real de Pago Expediente. Gpo2-S- 2013 – 1498 por la cantidad de Bs. 23. 941.50. y para llegar a un acuerdo justo, va a consignar la cantidad de Bolívares 6.058,50 en cheque a nombre de la trabajadora por ante la URDD para llegar a la suma de Bs. 30.000, cancelando con esto los conceptos de prestación de antigüedad, vacaciones, bono vacacional cesta ticket, utilidades e intereses, tomando en consideración que no le corresponde la cantidad de Bs. 97.330,90 por protección especial de inmovilidad por que la misma es un derecho que se debe ejercer y no es cuantificable en dinero. La parte actora JOSVELY CAROLINE GONZALEZ ROJAS, y su apoderado Judicial LUIS FELIPE SANCHEZ IPSA 48.970 manifiesta que esta conciente que no ejerció su derecho de ir a la Inspectoria, a solicitar la protección de Inamovilidad de conformidad a la ley, declara que acepta el presente acuerdo, por la cantidad de Bs. 30.000. Las Partes piden al tribunal se homologue el presente acuerdo y le de carácter de cosa Juzgada, y el archivo del expediente. Seguidamente la Juez, pregunta a la parte actora JOSVELY CAROLINE GONZALEZ ROJAS, identificada anteriormente si esta de acuerdo con lo planteado en esta audiencia. Manifiesta que está totalmente de acuerdo con los términos del acuerdo. Este Tribunal, una vez oídas las exposiciones de las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora demandante, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de COSA JUZGADA. De esta acta se hacen cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, se deja copia en el archivo, una vez que conste en auto el pago de la cantidad de Bolívares 6.058,50 se ordenara el cierre y archivo del presente expediente.
EL JUEZ,
TRINIDAD GIMENEZ ANGARITA
JOSVELY CAROLINE GONZALEZ
Abogado de la parte demandante,
Apoderado de la parte Demandada,
SECRETARIO
MOISES NOGUERA
|