REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO CARABOBO CON SEDE EN VALENCIA
Valencia, 04 de Febrero 2014
203º y 154º

EXPEDIENTE N° GP02-L-2012-002614
DEMANDANTES: JOSÉ GREGORIO GRANADILLO CHIRINO, JOSÉ FRANCISCO RODRÍGUEZ Y OTROS
DEMANDADO: TRABAJOS INDUSTRIALES Y MECÁNICOS, C.A (TRIME)
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: PAOLA MORALES IPSA 172.636
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y BENEFICIOS LABORALES Y CONTRACTUALES



SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista la Diligencia de fecha 03 de Febrero 2014, suscrita por el ciudadano: DIMAS ACOSTA titular de la cedula de identidad N° V-9.929.303 PARTE DEMANDANTE, asistido por la abogada RUBELIS CARTA IPSA 203,791 donde expone “DESISTO del procedimiento por demanda de beneficios contractuales, los cuales se encuentran discriminados en el marco del escrito libelar, en contra de la Sociedad de Comercio TRABAJOS INDUSTRIALES Y MECÁNICOS, C.A (TRIMECA), en virtud de haber llegado a un acuerdo Transaccional el cual se llevara a cabo por ante el Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este circuito laboral en la causa signada bajo el N° GPO2-L-2014-000109.
Este Tribunal en consideración a que el desistimiento del procedimiento es uno de los medios de autocomposición procesal, previstos en la norma adjetiva que pone fin al juicio. Y el mismo es la Declaración Unilateral de voluntad del actor donde renuncia o abandona la pretensión que ha hecho valer en la demanda. Considera que el Desistimiento del procedimiento realizado voluntariamente y libre de constreñimiento por uno de los demandantes ciudadano DIMAS ACOSTA titular de la cedula de identidad N° V-9.929.303, debidamente asistido por un profesional del derecho no es contrario a derecho, ni vulnera normas de orden público, es por lo que, este Tribunal Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO FORMULADO POR LA PARTE ACTORA, en los términos como consta en la presente acta, dándole efectos de COSA JUZGADA, se da por terminado el presente proceso con relación al prenombrado ciudadano DIMAS SIMON ACOSTA MARIN , prosiguiendo la causa con los demás demandantes JOSE GREGORIO GRANADILLO CHIRINO ; JOSE FRANCISCO RODRIGUEZ; LUIS EDUARDO MEDINA OJEDA; JOSE LUIS BARRETO JIMENEZ titulares de las cédulas de identidad V- 13.203.246; V- 4.134.144; V- 12.028.963; V- 12.410.091 respectivamente.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Valencia a los 04 días del mes de febrero del 2014.
LA JUEZ
TRINIDAD GIMENEZ ANGARITA

EL SECRETARIO
MOISES NOGUERA

En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 1:35 PM.



EL SECRETARIO
MOISES NOGUERA