REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO CON SEDE EN VALENCIA

Valencia, 18 de febrero del 2014
202º y 153º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

N° DE EXPEDIENTE:GP02-L-2013-000464
PARTE ACTORA: RICARDO BOLIVAR
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOENNY SUAREZ, I.P.S.A 102.654
PARTE DEMANDADA: VENEQUIP, S.A.
APODERADO: RAFAEL COLMENARES, I.P.S.A N|- 48.704
PARTE DEMANDADA ASOCIACION COOPERATIVA VALENCAT, R.L.
APODERADOS: JEAN JOSE TAMARONES, I.P.S.A 110.628 y YAIKA WEBWR, I.P.S.A N|- 54.379 y SAUL JIMENEZ, I.P.S.A 142.765
MOTIVO: BENEFICIOS SOCIALES

En el día de hoy 18 de febrero del 2014, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar LA PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal se deja constancia que compareció el actor, representado por el abogado JOENNY SUAREZ, I.P.S.A 102.654 y por la parte demandada VENEQUIP, S.A, se hizo presente el apoderado judicial abogado RAFAEL COLMENARES, I.P.S.A N°- 48.704, y por la ASOCIACION COOPERATIVA VALENCAT, R.L compareció el abogado SAUL JIMENEZ, I.P.S.A 142.765

De seguida la parte actora el ciudadano RICARDO BOLIVAR, C.I N- 5.384.826 manifiesta que procede en este acto a desistir del presente procedimiento, declara que tiene clarividencia en el querer (conocen lo que les conviene), en consecuencia, su voluntad de desistir la hacen libre de violencia y sin errores en el consentimiento, con clara apreciación de la realidad.-
En virtud de lo expuesto la parte actora debidamente representado de abogado solicita de la ciudadana Juez homologue el presente desistimiento del procedimiento, y archive el expediente. Ambas partes solicitan al Tribunal le sean devueltas las pruebas promovidas por cada una de ellas al inicio de la audiencia, las cuales se hacen entrega en este acto. Visto el desistimiento del procedimiento formulado por la parte actora, y que el mismo no es contrario a derecho ni vulnera normas de orden público, este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con sede en Valencia, da por concluido el proceso, y en consecuencia HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO FORMULADO POR LA PARTE ACTORA, en los términos como consta en la presente acta, dándole efectos de COSA JUZGADA y da por terminado el presente proceso contra las empresas VENEQUIP, S.A. y ASOCIACION COOPERATIVA VALENCAT, R.L Es todo. Se leyó y conformes firman:
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Valencia a los 18 días del mes de febrero del año 2014. 203º de la Independencia y 155º de la Federación.

La Juez
Eylyn Rodríguez Rugeles-J
PARTE ACTORA


PARTE DEMANDADA

La Secretaria