REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal TERCERO de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, Quince (15) de Enero de dos mil catorce

203º y 154º

EXPEDIENTE NUMERO: GP02-S -2013-001382
PARTE OFERIDA: JOSE VICENTE SANCHEZ LA CRUZ
ABOGADA ASISTENTE: MARYLINDA RODRIGUEZ
PARTE OFERENTE: INVERSIONES MARAVÁ,C.A.
ABOGADA JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: LIZ OJEDA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el dia de hoy, 15 de Enero del año 2014, comparecieron los Ciudadanos JOSE VICENTE SANCHEZ LA CRUZ, venezolano, mayor de edad,con cédula de identidad número V-17.397.918 asistido por la Abogada en ejercicio MARYLINDA RODRIGUEZinscrita en el I.P.S.A, bajo el número171.683 y por la otra parte LIZ OJEDA venezolana, hábil en derecho, con cédula de identidad número V-11.348.705 inscrita en el I.P.S.A. con el numero 86.266 quien actúa en este acto con el carácter de apoderada Judicial de la reclamada INVERSIONES MARAVÁ,C.A., identificada en autos representación que consta en el expediente, quienes libre de apremio y de forma espontánea, se dan por notificados para todos los actos del procedimiento, para lo cual solicitan la habilitación del tiempo necesario, para la celebración de una transacción judicial, en la cual las partes haciendo uso de los medios alternativos de resolución de conflicto, y con la mediación del juez, puedan lograr un posible acuerdo que de por terminada el presente procedimiento, para lo cual juran la urgencia del caso. El Tribunal visto el pedimento que antecede, y jurada como ha sido la urgencia del caso, procede habilitar el tiempo necesario, estando las partes presentes, después de sostener conversaciones en la presente audiencia, y con la mediación del juez, han llegado al siguiente ACUERDO-TRANSACCIONAL, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y se hace bajo los siguientes términos: El Oferidoexpone que inicio a prestar sus servicios personales y subordinados a la entidad de trabajo INVERSIONES MARAVÁ,C.A., en el cargo de SERVICIOS GENERALES, desde el 22deAgosto de 2006, hasta el dia16 de Agosto de 2013, fecha en que se RETIRÓ VOLUNTARIAMENTE; devengando un último salario diario de Bs. 81,88; reclamando en consecuencia a la oferente sus prestaciones sociales de Antiguedad, Vacaciones, Bono vacacional, Utilidades y todos los beneficios laborales contemplados en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras; todo lo cual suma la cantidad de OCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLÍVARES CON SETENTA Y TRES CÉNTIMOS (BS. 8.353,73). LA EMPRESA Oferente , alega que al monto ofertado debe descontársele un préstamo de SEISCIENTOS BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 600,00) que tenía pendiente el oferido. Acto seguido, a los fines de concluir con el pago de sus prestaciones sociales y demás beneficios laborales y evitar reclamaciones futuras, la entidad de trabajo ofrece en este acto en pagarle a EL EX TRABAJADOR, la suma total, absoluta y global de SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLÍVARES CON SETENTA Y TRES CENTIMOS (BS. 7.753,73) pagados de la siguiente manera: SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLÍVARES CON SETENTA Y TRES CENTIMOS (BS. 7.753,73) mediante Cheque número56788248, de fecha 05 de Diciembre de 2013 del BANCO BICENTENARIO, a la orden de JOSÉ VICENTE SANCHEZ; quedando entendido que la cantidad ofrecida abarca todo los derechos inherentes a la relación de trabajo, prestaciones sociales de antiguedad, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, Utilidades fraccionadas y todos los beneficios laborales contemplados en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. El Beneficiario en este mismo acto ACEPTA el acuerdo Transaccional en los términos aquí establecidos por el monto global establecido y ofrecido por la Consignante de SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLÍVARES CON SETENTA Y TRES CENTIMOS (BS. 7.753,73) y manifiesta que esta de acuerdo en todo lo señalado en el expediente y nada tiene que reclamar a la Consignante por estos conceptos, ni por ningún ningún otro de índole laboral que pudiera tener contra LA EMPRESA derivado de la relación laboral que lo unió con las empresa INVERSIONES MARAVÁ, C.A.; ambas partes solicitan al Tribunal la homologación de la presente transacción y que se le otorgue el carácter de cosa juzgada.-

DE LA HOMOLOGACION: Este Tribunal una vez oídas las exposiciones de las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera los derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden publico HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron dándole efecto de Cosa Juzgada, y exhorta a las partes a dar cumplimiento en los términos como lo establecieron. De esta acta se hacen 4 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. Es todo. Termino se leyó y conformes firman.-

LA JUEZA,

FARIDY SUAREZ COLMENARES.



LA Consignataria



EL BENEFICIARIO,


EL ABOGADO ASISTENTE




LA SECRETARIA,

ANMARIELLY HENRIQUEZ.