REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintisiete de enero de dos mil catorce
203º y 154º
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SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA


GP02-L-2009-000510
PARTE ACTORA JULIA MARIEXI VILLASMIL ESTRAÑO
PARTE DEMANDADA: ATENEO DE VALENCIA
MOTIVO: BENEFICIOS SOCIALES


En el día de hoy 27 de Enero del 2014 siendo las 2:30 P.M. comparecen los ciudadanos Abogado PAOLO CONSONI, inscrito ante el I.P.S.A. bajo el N° 48.575, en representación de la trabajadora JULIA MARIEXI VILLASMIL ESTRAÑO con facultades expresas para suscribir el presente documento. identificado en autos por un lado, y por otra parte VERONICA PADILLA GÓMEZ, abogada, inscrita ante el I.P.S.A. bajo el Nº 122.287, en representación del INSTITUTO DE LAS ARTES DE LA IMAGEN Y EL ESPACIO (IARTES), debidamente autorizada mediante Poder autenticado ante la Notaría Pública Vigésima Tercera del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 22 de enero de 2014, bajo el Nº 13, Tomo 07, y exponen lo siguiente: En vista de que la demandada en la presente causa, la ASOCIACIÓN CIVIL ATENEO DE VALENCIA, condenada en autos, se ha negado reiteradamente a cumplir con lo sentenciado por este tribunal, y tomando en consideración que el Gobierno Nacional a través del Ministerio del Poder Popular para la Cultura, mediante Providencia Administrativa del Instituto de Patrimonio Cultural (IPC), cuya copia fotostática se anexó a la presente causa, ordenó que los bienes muebles e inmuebles así como el personal se sometiera a las políticas operativas, administrativas y financieras por parte del INSTITUTO DE LAS ARTES DE LA IMAGEN Y EL ESPACIO (IARTES). Por tal motivo, el INSTITUTO DE LAS ARTES DE LA IMAGEN Y EL ESPACIO (IARTES) se subroga en el presente acto en los derechos y obligaciones de la Asociación Civil Ateneo de Valencia, asumiendo así las obligaciones para con este (a) trabajador (a) y el pago de lo condenado en la presente causa por concepto de Bono de Fin de Año. Por lo que el INSTITUTO DE LAS ARTES DE LA IMAGEN Y EL ESPACIO (IARTES) cancela Bs. 12.550, que incluyen este concepto, cantidad está contenida en el cheque numero 10004646, del Banco VENEZUELA, de fecha 27-12-2013, y del cual anexamos copia fotostática, señalando que dicho cheque es emitido por una cantidad mayor a lo condenado, toda vez que el INSTITUTO DE LAS ARTES DE LA IMAGEN Y EL ESPACIO (IARTES), no solo cancela lo adeudado a este (a) trabajador (a) en la presente causa, sino también lo sentenciado en otros expedientes de esta misma Circunscripción Judicial del Trabajo. Asimismo, mediante el presente acto el INSTITUTO DE LAS ARTES DE LA IMAGEN Y EL ESPACIO (IARTES), cancela los honorarios del Abogado PAOLO CONSONI, quien actuó en representación de los trabajadores, en todas las causas señaladas, sumando la cantidad de Bolívares 158.722,42, cuyo cheque se anexó en copia fotostática.


DEL ACUERDO

En vista del acuerdo llegado, y de conformidad con los artículos 253, 258, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 257, 258, 261, 262 y 525 del Código de Procedimiento Civil, artículos 3 y 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Las Trabajadoras y Los Trabajadores y 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, siendo facultades del juez de la causa, solicitamos la homologación del presente pago y se le dé efecto de cosa juzgada y el consiguiente archivo definitivo del expediente.


DE LA HOMOLOGACIÓN

Éste Tribunal acuerda impartir la HOMOLOGACIÓN al pago efectuado y ordena el levantamiento de la MEDIDA DE EMBARGO que pesa sobre el inmueble cuya especificación, medidas y demás características constan en el Acta de Embargo levantada en fecha 28 de febrero del 2012 que cursa al folio 159 del presente expediente, por lo que se ordena oficiar a la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro Público de l Municipio Valencia del Estado Carabobo, a fin de que proceda a asentar la Nota Marginal correspondiente.


La Juez


Abg. GLADYS MIJARES LUY



Apoderado Judicial Parte Actora





Representación Judicial del Instituto De Las Artes De La Imagen Y El Espacio (Iartes)


La Secretaria

Abg. ANMARIELY HENRIQUEZ