REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 22 de Enero de 2.014
203° y 154°
Vista la Demanda PRESCRIPCION ADQUISITIVA, presentada por la ciudadana LOURDES JOSEFINA GÓMEZ URBINA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° 4.135.211 de este domicilio, asistida por el abogado CARLOS M. GARRIDO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 78.418 de este domicilio; junto con los recaudos consignados se ordena su admisión, por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 338 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se acuerda emplazar a la parte demandada que lo es: el ciudadano JEORGE PETRIDES BADAGIS, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° 2.108.694 y de este domicilio; para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los VEINTE (20) DÍAS de Despacho siguientes a partir de la fecha en que conste en autos la citación, a dar contestación a la demanda incoada en su contra, dentro de las horas de despacho fijadas por este Tribunal, es decir de 08:30 a.m a 03:30 p.m. Expídanse las copias certificadas fotostáticas de la demanda, con su auto de comparecencia al pié, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, para formar la compulsa y entréguesele al Alguacil de este Juzgado a fin de que practique la citación correspondiente. Librese compulsa y recibo.

Abg. Isabel Cristina Cabrera de Urbano
Juez Titular

Abg. Juan Carlos López
Secretario

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

Abg. Juan Carlos López
Secretario