PODER JUDICIAL
TRIBUNAL NOVENO DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, Nueve (09) de Diciembre de Dos Mil Catorce (2.014)
204º y 155º

Nº DE EXPEDIENTE GP02-L-2014-001541
PARTE DEMANDANTE: PITER YEFERSON TORREALBA ALVIAREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-19.861.012
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: PEDRO PEÑALOZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 15.634
PARTE DEMANDADA: SEGURIDAD FORESTAL E INDUSTRIAL SEFIN, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: SHEYLA SALINAS Y CARLOS GARCIA inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 176.826 y 186.531, respectivamente.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.-

ACTA

En el día hábil de hoy nueve (09) de Diciembre de 2.014, y siendo las 10:30 am., y en la oportunidad para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar comparecieron el apoderado judicial del demandante PEDRO PEÑALOZA, inscrito en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el Nº 15.634 y la demandada SEGURIDAD FORESTAL SEFIN, C.A., representada en este acto por sus apoderados judiciales SHEYLA SALINAS Y CARLOS GARCIA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 176.826 y 186.531, respectivamente. Debidamente representados se da inicio a la Audiencia Preliminar; y en este acto y de común acuerdo y sin apremio y sin coacción de ningún especie, y bajo la permanente actuación y función mediadora del Juez Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución, que suscribe esta transacción, expresan su voluntad de querer a través de los medios alternativos de solución de conflictos dar por terminado el presente procedimiento, lo cal hacen bajo las siguientes condiciones: 1ª) EL APODERADO JUCICIAL DEL EX TRABAJADOR accede dar por terminado este proceso, y la demandada ofrece en este acto pagarle a EL EX TRABAJADOR, la suma total, absoluta y global que abarca todos los derechos inherentes a la relación de trabajo (Antigüedad, Intereses sobre prestaciones, vacaciones y bono vacacional vencido 2013-2014 y fraccionados, utilidades fraccionadas por pagar del periodo noviembre 2013 a septiembre 2014, e Indemnización por Terminación dela Relación de trabajo de acuerdo con el Art. 92 LOTTT) que existió con EL EX TRABAJADOR por la cantidad de bolívares SESENTA Y CINCO MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 65.000,00), pagaderos en dos partes de la siguiente forma: PRIMER PAGOpor la cantidad de CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SEIS BOLIVARES CON 73 CENTIMOS (Bs. 47.906,73) pagado en este mismo acto mediante cheque Nº 00088291, del Banco BBVA PROVINCIAL, de fecha 22/10/2014, a nombre del demandante. SEGUNDO PAGO será realizado por ante este mismo Tribunal el día18/12/2014 a las 10:30 am.,por la parte restante de DIECISIETE MIL NOVENTA Y TRES BOLIVARES CON 27 CENTIMOS (Bs. 17.093,27).----2ª) EL APODERADO JUDICIAL DEL EX TRABAJADOR antes identificado ACEPTA, el acuerdo Transaccional en los términos aquí establecidos por el monto global y ofrecido por la demandada, por SESENTA Y CINCO MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 65.000,00) y el Trabajador manifestó en la Audiencia del 04/12/2014 que aceptaba el pago ofrecido y reconocía que la relación laboral con SEGURIDAD FORESTAL SEFIN, C.A. (SEFINCA), comenzó en fecha 10 de Marzo del 2.012, por lo que todos los conceptos reclamados anteriores a esta fecha no corresponden ya que quedó evidenciado que laboraba en otra Entidad de Trabajo, que no tiene ninguna relación con SEFINCA.--- 3ª)Ambas artes expresan que con este acuerdo, se dan por terminadas todas las reclamaciones entre ambas, incluyendo como es lógico la contenida en este expediente. El Tribunal HOMOLOGA la misma con los efectos de cosa juzgada laboral en los términos expuestos en el Art. 89.02 del Texto de la Constitución Nacional, Articulo 19 de la LOTTT, 10ª y 11ª del Reglamento de la LOT y 133 de la LEY ORGANICA PROCESAL DEL TRABAJO y da por terminado el presente procedimiento y se ordena de igual forma el archivo del expediente respectivo y en este acto se devuelven las pruebas de cada una de las partes. Es nuestra voluntad en los términos expuestos.


LA JUEZ



EL APODERADO JUDICIAL DEL DEMANDANTE,



LOS APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA,



LA SECRETARIA.