REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 14 de Agosto de 2014
204º y 155º
Vista la diligencia del 13/08/2014, presentada por el ciudadano LEÓN RAMON COELLO BERMUDEZ, en su carácter de experto en la presente causa, designado por éste Juzgado Agrario, en la cual solicitó prórroga por un lapso de quince (15) días para la consignación del informe técnico para la cual fue designado; éste Tribunal, acuerda de conformidad con el artículo 171 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y en consecuencia, concede un lapso de quince (15) días continuos, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente auto, para la entrega del informe de experticia.
La Jueza,
ABG. DANIELA VALLÉS RODRÍGUEZ.
La Secretaria,
ABG. GLENDY GONZALEZ GUEVARA.
EXP Nº JAP-248-2012.
DVR/gg/mm.-