REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 14 de Abril de 2014
203° y 155°
Por recibida la anterior Solicitud de Consignación Arrendataria y sus anexos mediante distribución, suscrita por el ciudadano: LINO ANTONIO DOS REIS PACHECO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-14.247.714, asistido por la Abogada: ROSALINDA DIAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 55.674, por concepto de Pago de Arrendamiento, en beneficio del ciudadano: ELOY FREDIS DELGADO, titular de la cédula de identidad Nº 3.578.516. Désele entrada, asígnesele número, anótese en los libros respectivos. Se ADMÍTE cuanto ha lugar en derecho, la presente Solicitud de Consignación de Arrendamiento, en razón de las consignaciones mensuales de alquiler que ha de depositar, al ciudadano: LINO ANTONIO DOS REIS PACHECO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-14.247.714, en su carácter de arrendatario, en beneficio del ciudadano: ELOY FREDIS DELGADO, titular de la cédula de identidad Nº V-3.578.516, Notifíquese a la parte beneficiaria mediante boleta. Haciéndosele saber a la parte interesada la obligación que tiene de sufragar los emolumentos del Alguacil de este Tribunal, a los fines de la práctica de la notificación ordenada, todo de conformidad con el Articulo 12 de la Ley de Arancel Judicial y sentencia Nº 537 de fecha 06 de Julio del 2004, emanada de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase con lo ordenado. Se deja constancia que no se recibió depósito alguno.

El Juez Titular,

Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
El Secretario Titular

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, Se deja constancia que se utiliza el sello con la denominación “JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DEL ESTADO CARABOBO”, según lo establecido en el cardinal 2 de la Resolución N° 2014-001, emanada de la Rectoría del Estado Carabobo. Se le dio entrada bajo el Nº 328-14, se libro Recibo y Boleta.
El Secretario Titular

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA


Exp. Nº 328-14
ALA/JPPT/Oswaldo

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