REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUNAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 03 de Abril de 2014
203° y 155°

SOLICITANTE: MARIBEL APONTE DE CEGARRA venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.624.825, asistida por la abogada MARIA EMILIA PEREZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 184.432.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA
EXPEDIENTE Nro. 7719

En relación a la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, admitida en fecha 06 de Febrero de 2014, suscrita por la ciudadana MARIBEL APONTE DE CEGARRA venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.624.825, en su condición de cónyuge del De-Cujus JOSE RAMON CEGARRA BARRAGAN, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.626.349, y falleció ab-intestato el día 06 de Septiembre del año 2013, asistida por la abogada MARIA EMILIA PEREZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 184.432, el Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado a los testigos promovidos por la mencionada ciudadana, dejando a salvo los derechos de terceros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de los ciudadanos y ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley; RESUELVE: declarar “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” a los ciudadanos MARIBEL APONTE DE CEGARRA, ADRIANA JOSEFINA CEGARRA RENDON, JAVIER ALEJANDRO CEGARRA RENDON, GUSTAVO ADOLFO CEGARRA APONTE y ANDRES EDUARDO CEGARRA APONTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V-4.624.825, V-7.253.151, V-9.687.001, V-17.052.449 y V-18.609.483, en su condición de cónyuge e hijos del De-Cujus JOSE RAMON CEGARRA BARRAGAN, y ASÍ SE DECIDE. Devuélvase las actuaciones a la solicitante. Tal como fue solicitado en el escrito de solicitud, el Tribunal acuerda expedir dos (02) juegos de copias fotostáticas certificadas del presente expediente firmando la secretaria al pie de la misma, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse estas.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Valencia a los tres (03) días del Mes de Abril de 2014. Años: 203° de la Independencia y 155° de la Federación.
… EL
…JUEZ PROVISORIO


Abg. YOVANI RODRIGUEZ CANTERO.
LA SECRETARIA TITULAR

Abg. SALLY SEGOVIA MOSKALA
En la misma fecha siendo las 11:00 de la mañana, se publicó, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.
LA SECRETARIA TITULAR


Abg. SALLY SEGOVIA MOSKALA




YGRC/SSM/Maria Angélica.
Exp. 7719