REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUNAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 11 de Abril de 2014
203° y 155°

SOLICITANTE: YENAI AUXILIADORA VASQUEZ GONZALEZ, LUIS JOSE VASQUEZ GONZALEZ e YVAN JOSE VASQUEZ GONZALEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V-15.977.368, V-14.915.461 y V-12.605.083, debidamente asistidos por la abogada CELENA MILAGROS COLON GUIDICE, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 94.854.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA
EXPEDIENTE Nro. 7745

En relación a la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, admitida en fecha 18 de Febrero de 2014, suscrita por los ciudadanos YENAI AUXILIADORA VASQUEZ GONZALEZ, LUIS JOSE VASQUEZ GONZALEZ e YVAN JOSE VASQUEZ GONZALEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V-15.977.368, V-14.915.461 y V-12.605.083, actuando en su condición de hijos legítimos de la De-Cujus FROILA MIREYA GONZALEZ DE VASQUEZ quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.493.248, y falleció ab-intestato el día 26 de Enero del año 2014, asistidos por la CELENA MILAGROS COLON GUIDICE, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 94.854, el Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado a los testigos promovidos por los mencionados ciudadanos, dejando a salvo los derechos de terceros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de los ciudadanos y ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley; RESUELVE: declarar “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” a los ciudadanos YENAI AUXILIADORA VASQUEZ GONZALEZ, LUIS JOSE VASQUEZ GONZALEZ e YVAN JOSE VASQUEZ GONZALEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V-15.977.368, V-14.915.461 y V-12.605.083, actuando en su condición de hijos legítimos de la De-Cujus FROILA MIREYA GONZALEZ DE VASQUEZ, y ASÍ SE DECIDE. Devuélvase las actuaciones a los solicitantes. Tal como fue solicitado en el escrito de solicitud, el Tribunal acuerda expedir tres (03) juegos de copias fotostáticas certificadas del presente expediente firmando la secretaria al pie de la misma, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse estas.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Valencia a los once (11) días del Mes de Abril de 2014. Años: 203° de la Independencia y 155° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO


Abg. YOVANI RODRIGUEZ CANTERO.
… LA
…SECRETARIA TITULAR


Abg. SALLY SEGOVIA MOSKALA
En la misma fecha siendo las 11:00 de la mañana, se publicó, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.
LA SECRETARIA TITULAR


Abg. SALLY SEGOVIA MOSKALA




YGRC/SSM/Maria Angélica.
Exp. 7745