REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, dieciséis de septiembre de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: GP02-S-2013-000568
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Visto la OFERTA REAL DE PAGO presentada por la entidad de trabajo HOTEL LA ESTANCIA, C.A., A FAVOR DE LA CIUDADANA EDUARDA VALDERRAMA, C.I. Nº 13.776.302, en el cual en fecha 14 de Junio del año 2013 mediante diligencia la parte oferente consignó un escrito en la cual señalan que llegaron a un acuerdo transaccional, este Tribunal se abstiene de homologar acuerdo hasta tanto no comparezcan ambas partes a ratificar la voluntad señalada en el escrito.- Se ordena notificar a las partes.-
La Juez
Eylyn Rodríguez Rugeles-J
La Secretaria
En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 12:00 m
La Secretaria
Eylyn Rodríguez Rugeles-J.-