REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, Veintinueve (29) de Octubre de 2013
203° Y 154°

ACTA


N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2012-002662
PARTE ACTORA: JOSE HERRERA, SERGIO MARTINEZ, DARRY SANTANA y JESUS ARGUELLO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOENNY SUAREZ
PARTE DEMANDADA: PROINMICASTRO C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO COMPARECIO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


Vista la diligencia que antecede, suscrita por el abogado en ejercicio JOENNY SUAREZ, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 102.654, en su carácter de apoderado judicial de los actores, mediante la cual desiste del procedimiento instaurado sólo y únicamente contra la entidad de trabajo PROINMICASTRO C.A., este Tribunal antes de pronunciarse hace las siguientes observaciones:
Que no se han vulnerado los derechos irrenunciables de los trabajadores derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, en consecuencia, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

LA JUEZ.,

Abg. MARIA EUGENIA NUÑEZ BRICEÑO.

La secretaria.,

Abg. Yajaira Martínez