REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA

JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CICUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-Mariara, 10 de Octubre de 2013
203º y 154º

Visto el escrito de fecha 26 de Septiembre de 2013, presentado por la ciudadana: JENNIFER COROMOTO SANDOVAL ARAUTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.365.125, asistida por el abogado RAMON VENTURA PRIETO, inscrito en el Inpreabogado, bajo el Nº 86.585, donde solicita la Rectificación del acta de defunción de su fallecida madre OLGA ARAUTA DE SANDOVAL. Por consiguiente désele entrada, asígnesele número, anótese en los libros respectivos y por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden público ni a ninguna disposición expresa de la ley se ADMITE en cuanto a lugar en derecho la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN. Por consecuente, este Tribunal, aprecia: Que el error objeto de la presente solicitud, afecta el contenido del fondo del acta, por lo que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 770, se ordena librar cartel a todas aquellas personas que puedan verse afectados sus derechos con la rectificación solicitada. Una vez que comparezca o no la persona ordenada a emplazar y la misma no realice oposición a la rectificación solicitada, se abrirá una articulación probatoria de diez (10) días de Despacho, a los fines de la evacuación de pruebas que sean necesarias por la parte solicitante, las personas afectadas, y lo que a juicio de este Tribunal sean las más idóneas para la resolución que se deba dictar en esta solicitud, la cual se producirá al Tercer (3er) día de despacho siguiente al vencimiento del lapso probatorio, lapso que se establece de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el articulo 771 ejusdem, no establece el lapso, por lo que debe estipularlo este Tribunal. Cúmplase con lo ordenado.
El Juez Titular.

Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, y se le dio entrada bajo el N° 4479-13. Se libró cartel.

El Secretario Titular

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA



SOL. N° 4479-13
ALA/JPPT/yuri