JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 17 de octubre de 2.013
203º y 154º

Visto el contenido de la demanda junto con los recaudos anexos presentada por el abogado NICANDRO ALBERTO LEAL CHAIVEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 139.387, apoderado judicial de la ciudadana SANDRA PEREIRA CAMPANARIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V- 14.383.134, y por cuanto la misma no es contraria al orden público ni a las buenas costumbres, o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho. Emplácese a los ciudadanos BRAZ SOUSA DOS SANTOS y FRANCISCO PEREIRA PAULO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 7.102.233 y V-15.333.900, respectivamente, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes, a cualquier hora de las fijadas en la tablilla del tribunal, una vez que conste en autos su citación, a dar Contestación a la demanda por INQUISICIÓN DE PATERNIDAD. (Procedimiento Ordinario), de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil.


Abg. Isabel Cristina Cabrera de Urbano
Juez Suplente Especial

Abg. Juan Carlos López
Secretario


En la misma fecha se libró compulsa.

Abg. Juan Carlos López
Secretario