REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, siete (07) de noviembre de dos mil trece
203º y 154º
Nº de expediente: GP02-L-2013-001411
Partes demandantes: RAUL ALBERTO GONZALEZ GONZALEZ, ALVIS JONNER PEREZ JIMENEZ, ELIOVEL CARLOS REYES ROSALES, RICHARD RAFAEL RODRIGUEZ, MARTIN ALEXIS CABALLERO BEDOYA, ROMER ANTONIO RODRIGUEZ LINARES, JUAN CARLOS INFANTE PARRA y ALEXANDER JOSE LUGO MONTEZANO (No Comparecieron)
Apoderados judiciales de la parte demandante: Abogados: FINLAY ALVAREZ Y EUSTACIO RAFAEL WETTEL inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los números 101.900 y 78.515 respectivamente(No Comparecieron)
Parte Demandada:
Apoderada Judicial de la parte Demandada:
PIRELLI DE VENEZUELA C.A
Abogada: AMARILYS MIESES inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 98.635
Motivo: COBRO DE BENEFICIOS
En el día hábil de hoy siete (07) de noviembre de dos mil trece, siendo las 2:30 pm oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA QUE COMPARECIO LA PARTE DEMANDADA: PIRELLI DE VENEZUELA C.A debidamente representada por su apoderado judicial LUIS DANIEL LEON DELGADO inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 142.752 y se deja constancia LAS PARTES DEMANDANTES: RAUL ALBERTO GONZALEZ GONZALEZ, ALVIS JONNER PEREZ JIMENEZ, ELIOVEL CARLOS REYES ROSALES, RICHARD RAFAEL RODRIGUEZ, MARTIN ALEXIS CABALLERO BEDOYA, ROMER ANTONIO RODRIGUEZ LINARES, JUAN CARLOS INFANTE PARRA y ALEXANDER JOSE LUGO MONTEZANO “NO COMPARECIERON” a la prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial. Es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 203° y 154°.
LA JUEZ,
KYBELE KARELYA CHIRINOS MONTES EL COMPARECIENTE
LA SECRETARIA
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