REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

Valencia, 22 de Noviembre de 2013
203º y 154º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

EXPEDIENTE: GP02-S-2013-000826.
OFERENTE: CRISTALES OFTALMICOS DE OCCIDENTE C.A.
APODERADOS DEL OFERENTE: CARLOS PIMENTEL.
OFERIDO: YANNERIS JOSEFINA RODRIGUEZ.
ABOGADO ASISTENTE DEL OFERIDO: ANDREHYNA CASTRO.
MOTIVO: CONSIGNACION DE PRESTACIONES SOCIALES

Visto el escrito transaccional presentado por ante la Unidad de Recepción de Documentos de éste Circuito Judicial Laboral, en fecha 07-08-2013, por YANNERIS JOSEFINA RODRIGUEZ., portadora de la cédula de identidad N° 18.758.828; debidamente asistida por la abogado ANDREHYNA CASTRO., inscrita en el Ipsa bajo el N° 192.217; y por el abogado CARLOS PIMENTEL, debidamente inscrito en el Ipsa bajo el No. 125.279, en su carácter de apoderado judicial de la Oferente CRISTALES OFTALMICOS DE OCCIDENTE C.A.; mediante el cual solicitan a este Tribunal proceda a Homologar el acuerdo celebrado por las partes; siendo la oportunidad para emitir el pronunciamiento correspondiente pasa a hacerlo en base a los siguientes términos:

En el escrito consignado por las partes se observa que las partes manifiestan que han llegado a un acuerdo mediante el cual el CONSIGNATARIO cancela al BENEFICIARIO la cantidad TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON 00/09 ( Bs. 34.999,9) pretendiendo cancelar con esta suma los conceptos prestacionales derivados de la relación que los vinculó, y que se detallan en dicho escrito; en éste sentido el Tribunal deja expresa constancia que, con la cancelación de la mencionada suma de dinero, solo imparte la homologación a los derechos y beneficios contemplados en la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y Los Trabajadores dejando incólume para la parte BENEFICIARIA cualquier otro derecho derivado de acciones en materia de Higiene y Seguridad, Accidente de Trabajo, Enfermedad Profesional, Lucro Cesante, Incapacidad total, parcial, permanente, Secuelas, Seguridad Social, y cualquier diferencia en materia de derechos prestacionales que pudiera alcanzar suma superior a la recibida por el BENEFICIARIO, dado el carácter de irrenunciabilidad de los derechos de los trabadores, lo cual incluye materia de inamovilidad.


Por las razones anteriormente expuestas, ÉSTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, ADQUIRIENDO EL MISMO CARÁCTER DE COSA JUZGADA FORMAL CONFORME A LOS ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 57 DE LA LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO, TAN SOLO EN LO CONCERNIENTE A LOS DERECHOS PRESTACIONALES CONTEMPLADOS EN LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LAS TRABAJADORAS y LOS TRABAJADORES; y el REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO; Y ASÍ SE DECLARA.

Publíquese y regístrese.
Déjese copia autorizada.


La Juez.,

FARIDY SUAREZ COLMENARES.

La Secretaria

Abg. ANMARIELY HENRIQUEZ




En ésta misma fecha se dicto y publicó la anterior sentencia, siendo las 2:00 p.m.-


La secretaria

Abg. ANMARIELY HENRIQUEZ