REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 11 de Noviembre de 2.012
203º y 154º
Vista la Demanda ACCION MERO DECLARATIVA, presentada por la ciudadana MARIA ELIZABETH GAMBOA ALVARADO , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.994.153, de este domicilio, asistido por el abogado JUAN FERNANDO MARRERO CASTRO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 90.749 domicilio en la ciudad de Maracay; junto con los recaudos consignados se ordena su admisión, por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con los Artículos 16 y 338 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se acuerda emplazar a la parte demandada que lo son ciudadanos RAFAEL IGNACIO SANTOS MONTERO, WALESKA ALEJANDRA SANTOS DE PABON, NIURKA NAIROBI SANTOS MONTERO y RAFAEL JESUS SANTOS GAMBOA, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V- 11.025.386; V- 12.924.264; V- 12.924.26 y V-20.181.065, y de este domicilio; para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los VEINTE (20) DÍAS de Despacho siguientes a partir de la fecha en que conste en autos la citación, a dar contestación a la demanda incoada en su contra, dentro de las horas de despacho fijadas por este Tribunal, es decir de 08:30 a.m a 03:30 p.m. Expídanse las copias certificadas fotostáticas de la demanda, con su auto de comparecencia al pié, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, para formar la compulsa y entréguesele al Alguacil de este Juzgado a fin de que practique la citación correspondiente. Librese compulsa y recibo


Abg. Isabel C. Cabrera de Urbano
La Juez Titular Abg. Juan Carlos López
El Secretario


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.



Abg. Juan Carlos López
El Secretario

Exp. 24.942