REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, treinta y uno (31) de mayo de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: GP02-L-2013-000620
Parte Actora: REGINO BORGES NIEVES
Parte Demandada: PROGENITORES AVICOLAS C.A (PROAVICA)
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Visto que la parte actora no corrigió el libelo de la demanda dentro del lapso de los dos (2) días hábiles establecidos en auto de fecha 12 de Abril de 2013 y vista la consignación de Poder de la parte actora a el abogado JOENNY ANTONIO SUAREZ, inscrito en el I.P.S.A N° 102.654 en fecha 23 de mayo de los corrientes, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCION DE LA INSTANCIA, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

LA JUEZ,


Abg. KYBELE KARELYA CHIRINOS MONTES



LA SECRETARIA,


Abg. YOLANDA BELIZARIO