JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CENTRO NORTE.-

Valencia, 22 de marzo de 2013
Años: 202º y 153º

Expediente Nº 13.758

Vista la revisión exhaustiva en la presente causa, se evidencia que en fecha 18 de marzo de 2013, este Juzgado dictó auto mediante el cual se difirió para el noveno (9no.) día de despacho siguiente a esa fecha, para que tuviera lugar la audiencia preliminar en la presente causa.

A tales efectos, este Despacho observa, que la referida audiencia no había sido fijada previamente, en consecuencia, se revoca por contrario imperio el referido auto, todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil.

Asimismo vencido el lapso de los diez (10) días de despacho a que se contrae el cartel de emplazamiento y estando dentro de la oportunidad establecida en el auto de admisión de fecha 01 de diciembre de 2010, este Tribunal, fija la realización de la celebración de la Audiencia de Juicio, atendiendo a lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para el vigésimo (20°) día de despacho siguientes al del presente auto, a las 10:00 a.m.
El Juez Provisorio,


ABG. JOSÉ GREGORIO MADRIZ DIAZ
EL SECRETARIO,


ABG. SADALA JOSÉ MOSTAFA ESPINOZA





JGM/Tania.