ASUNTO: GP01-S-2013-000475
JUEZ: Abg. Blanca Jiménez
FISCAL: Auxiliar Cuarta del Ministerio Público.
DENUNCIADO: DARWIN DE JESUS PINTO
DELITO: ACOSO U HOSTIGAMIENTO, AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA
DENUNCIANTE: ROSA ELENA SEVILLA
DECISIÓN: DECRETO DE SOBRESEIMIENTO

En fecha 16-01-2013, se recibió Notificación de inicio de investigación, conjuntamente con solicitud de Sobreseimiento, de parte de la Fiscalía Auxiliar Cuarta del Ministerio Público, conforme a lo establecido en, la parte in fine de su encabezamiento, de los artículos 305 y 306 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a decidir, en los siguientes términos:
Con vista a los datos aportados, se constata: los hechos que dieron origen al presente asunto, estuvieron determinadas por la denuncia formulara en fecha 28-05-2009, en la que expresó: “DENUNCIO QUE SU EXCONCUBINO POR AGRESIONES FISICAS Y AMENAZAS DE MUERTE...”, se califica por parte del Ministerio Público como los delitos ACOSO U HOSTIGAMIENTO, AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA, previstos en los artículos 40º, 41º Y 42ª de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con la pena a imponer de CATORCE (14) MESE DE PRISION para el delito de ACOSO U HOSTIAMIENTO, DICISEIS (16) MESES DE PRISION para el delito de AMENAZA y DOCE (12) MESES DE PRISION para el delito de VIOLENCIA FISICA, tratándose de un concurso ideal estipulado en el Código Penal Articulo 98º, Por tanto rige el delito de mayor Pena, que corresponde con la pena a imponer es de: DICISEIS (16) MESES DE PRISION, por el delitos de AMENAZA, optando la Fiscalía definir la investigación presentando como acto conclusivo Solicitud de Sobreseimiento, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 300 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, dado el tiempo transcurrido, circunstancia sobrevenida durante el proceso, por tanto, la jurisdicción procede a verificar.
Transcurrido el tiempo dispuesto por el Derecho Penal Sustantivo, para que opere la prescripción ordinaria, estableciendo, que los hechos que dieron origen a la investigación, ocurrieron en fecha 28-05-2009, por lo que hasta la presente fecha han transcurrido TRES (03) AÑOS Y DIEZ (10) MESES, el cual excede, al tiempo de prescripción ordinaria previsto por el artículo 108, numeral 5 del Código Penal Venezolano, por remisión del artículo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, tratándose de un aspecto de Derecho y de Orden Público.
Constatado la verificación temporal del lapso en referencia, este Tribunal considera que lo procedente y ajustado a Derecho, es declarar la prescripción ordinaria de la acción penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 108, numeral 5º del Código Penal, declarando en consecuencia, el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano: DARWIN DE JESUS PINTO, Titular de la cédula de Identidad 20.179.602, de conformidad con lo previsto artículo 300, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 49 ordinal 8º ejusdem. Y ASI SE DECIDE.-
En consecuencia, se Declara: Cesación de las medidas de protección y Seguridad que pudieron haber sido impuestas por la Fiscalía.
DECISIÓN
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente explanados, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR PRESCRIPCION ORDINARIA DE LA ACCION PENAL seguida en contra del ciudadano: DARWIN DE JESUS PINTO, Titular de la cédula de Identidad 20.179.602, identificado en autos, de conformidad con lo establecido en el artículo 300, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 49, ordinal 8º ejusdem.
2.- Se declara la Cesación de las Medidas de Protección y Seguridad que pudieron haber sido impuestas por la Fiscalía.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de decisiones llevado por este Tribunal. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

Abg. BLANCA JIMÉNEZ
La Jueza Segunda de Primera Instancia en
Función de Control, Audiencias y Medidas
Abog. Maria Blanco
Secretaria.