ASUNTO: GP01-S-2013-000663
JUEZA: BLANCA JIMÉNEZ
IMPUTADO: JESUS NOEL SANGRONIS
FISCALIA: VIGESIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO
VÍCTIMA: ADOLESCENTES 12 AÑOS (Identidad Omitida conforme el art 65 LOPNNA)
DEFENSA: MARINA OLIVEROS (Pública)
DECISIÓN: DECLARATORIA DE PROCEDENCIA A SOLICITUD FISCAL EN OTORGAR PRORROGA AL LAPSO DE INVESTIGACIÓN

Visto el escrito presentado, por el Abogado WILSON NIEVES, en su carácter de Fiscal Vigésimo del Ministerio Público, mediante el cual solicita prórroga de Quince (15) días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 de la ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia.

Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control, Audiencias y Medidas en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, procede a decidir sobre la solicitud planteada:
El artículo 79, Parágrafo Único, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, establece:

“ En el supuesto de que el Tribunal de Control, Audiencia y Medidas haya decretado la privación de libertad en contra del imputado e imputada, el Ministerio Público presentará el acto conclusivo correspondiente dentro de los treinta días siguientes a la decisión judicial. Este lapso podrá ser prorrogado por un máximo de quince días, previa solicitud fiscal debidamente fundada y presentada con al menos cinco días de anticipación a su vencimiento. El juez o la jueza decidirá lo procedente dentro de los tres días siguientes….”

La solicitud en referencia, fue presentada en fecha 11 -03-2013 y conocida por la jueza en fecha 13-03-2013, al firmar el auto que acuerda agregarlo a la actuación.

Se verifica, entonces: En fecha 14-02-2013 se realiza Audiencia especial de presentación, oportunidad en la que se Decreta Medida Judicial Privativa de Libertad, en contra del ciudadano Imputado.

El lapso estipulado, en el citado artículo 79 de la LOSDMVLV, para presentar Acto Conclusivo vence en fecha 16-03-2013, por tanto se verifica, que la Representación Fiscal dio cumplimiento al lapso de al menos Cinco (05) días de anticipación a su vencimiento.

Siendo así y encontrándose debidamente fundamentadas las razones que justifican tal pedimento, como es la de incorporar diligencias de investigación, se considera justificada la solicitud, y en consecuencia este Tribunal la Declara con Lugar y Acuerda la Prórroga de QUINCE (15) continuos, la cual habrá de computarse desde el día 16 -03-201 y vence el 31-03-2013.

DECISION

En consideración a lo expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control, Audiencias y Medidas con competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:

PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR OTORGAR QUINCE (15) días continuos de PRÓRROGA, en el lapso de Investigación seguida a:JESUS NOEL SANGRONIS, quien se encuentra con Medida Judicial Privativa de Libertad, decretada en fecha 14-02-2013, la cual habrá de computarse desde el día 16-03-2013 hasta el 31-03-2013 en que vence, para presentar Acto Conclusivo

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de decisiones llevado por este Tribunal. Notifíquese a las partes técnicas. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.

Abg. BLANCA JIMÉNEZ
La Jueza Segunda en Funciones
de Control, Audiencias y Medidas


Abog.Luis Trejo Secretario









Hora de Emisión: 10:05 AM