REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
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EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO CARABOBO
MARIARA.
FECHA: 19 de Junio del 2013

SENTENCIA INTERLOCUTORIA
SOLICITANTE: APONTE MORENO, GLORIA SEGEI
ACCIONADO: OCHOA C. JOSE LUIS
NIÑOS:SE OMITE
CAUSA: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
EXPEDIENTE: Nº 1947-13
NARRATIVA

Se inicia el presente procedimiento por la citación del padre de los niños ante la Defensoría de Niños, Niñas y de Adolescentes del Municipio Diego Ibarra, del Estado Carabobo, procediendo la defensora al levantamiento del acta No O-002-13, de fecha 09 de Enero de 2013, en la cual acordaron los progenitores ciudadanos: APONTE MORENO, GLORIA SEGEI y OCHOA C. JOSE LUIS de los niños: PEDRO JOSE, LUIS RAMON Y ISABLE MARIA OCHO APONTE Como, CONVIVENCIA FAMILIAR: los domingo de nueve (09:00 am) a las cinco (05:00 pm) compartiendo con la madre.

En fecha 09 de Enero de 2013, y según oficio No. 06-13 de la Defensoría de Niños, Niñas y de Adolescentes, del Municipio Diego Ibarra, del Estado Carabobo, a los fines de la correspondiente homologación por parte de este Tribunal.
En fecha 14 de Junio del 2013, se recibe dicho expediente en este tribunal, en fecha 19 de Junio del 2013, se le da entrada bajo el Nº 1947-13, a tal efecto se observa
MOTIVA

Que las actuaciones de los padres de los niños, se ajustan a las disposiciones de la ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes del Municipio Diego Ibarra, del Estado Carabobo y a la capacidad del progenitor para cumplir con la obligación asumida. Por consiguiente de acuerdo a lo establecido en el Artículo 315, de la mencionada Ley en concordancia con el Artículo 262 del Código de Procedimiento Civil, procede la homologación del acta de conciliación en derecho y así se decide.





DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos ya expuestos, éste JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, con competencia en funciones de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando Justicia, en nombre de los Ciudadanos y Ciudadanas de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley imparte la correspondiente: HOMOLOGACION, al Acta de conciliación No O-002-13. En consecuencia, remítase mediante oficio a la Defensoría del Niños, Niñas y de Adolescentes del Municipio Diego Ibarra, Mariara Estado Carabobo, Original del acta y de la presente Sentencia Interlocutoria.

Publíquese, Regístrese y Déjese Copia.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Mariara en el 19 del mes de Junio de 2013, años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.

El Juez Titular


Dr. ANGEL LEONARDO ANSART

El Secretario Titular


Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA

En la misma fecha, siendo las: diez y veinticinco (10:25 a.m.) de la mañana, se publico la anterior sentencia y se remitió el original del acta y de la presente Sentencia Interlocutoria a la Defensoría de Niños, Niñas y de Adolescentes, del Municipio Diego Ibarra, Mariara Estado Carabobo, según oficio No. 22-107-44-628-13, constante de siete (07), folios Útiles.

El Secretario Titular


Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA


Exp. Nº 1947-13
ALA/JPPT/Ariela