REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA UNO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Corte de Apelaciones Penal
Valencia, 1 de julio de 2013
Años 203º y 154º

ASUNTO: GP01-R-2013-000070

En fecha 12 de junio del 2013, se recibe en esta Sala Nro. 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo; el Recurso de Apelación signado bajo el N° GP01-R-2013-00070, interpuesto por la Abogada Alida Bastardo, en su carácter de defensora publica del penado Andres Javier Rondon Morales, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Tercero en Función de Ejecución en fecha 15-02-2013, en el asunto principal Nro. GK01-P-2012-00010, esta Sala observa:

Primero: Que el Recurso de Apelación fue ejercido por la Abogada Alida Bastardo, quien está legitimada para realizarlo, toda vez que actúa como defensora publica del ciudadano Andres Javier Rondon Morales, tal como se evidencia en autos.
Segundo: Que la decisión recurrida fue dictada en fecha 15-02-2013, librándose boleta de notificación a la abogada Alida Bastardo siendo efectiva la misma en fecha 04-03-2013 tal y como consta en la certificación de dias de despacho inserta al folio cuarenta y siete de la presente Causa y siendo que la referida abogada presento Recurso de Apelación en fecha 14-03-2012, es decir el quinto día hábil siguiente a su notificación, se considera que ejerció el derecho temporáneamente.
Tercero: Se considera que la decisión que se recurre no es de la categoría de decisiones inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa de este Código o de la ley.

RESOLUCION

Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley y verificados los requisitos anteriores, esta Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Alida Bastardo, en su carácter de defensora publica del penado Andres Javier Rondon Morales, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Tercero en Función de Ejecución en fecha 15-02-2013, en el asunto principal Nro. GK01-P-2012-00010. SEGUNDO: Como consecuencia de la admisión, se entra a conocer el fondo del recurso planteado.

LOS JUECES DE SALA


JOSE DANIEL USECHE ARRIETA
(PONENTE)



LAUDELINA GARRIDO APONTE JOSE DANILO JAIMES RIVAS



El secretario
Abg. Javier Cordova Medina

Hora de Emisión: 12:21 PM