REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA

JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 25 de Julio de 2013
203º y 154º

Vista la anterior Solicitud, presentada en fecha 18 de Julio de 2013, por la Ciudadana: CARMEN CASTILLO DE PAEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 7.200.630, Asistida por el abogado en el ejercicio: JESUS MOLINA LEAL, inscrita en el Inpreabogado, bajo el Nº 155.610, contentiva de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS PARA PERPETUA MEMORIA (UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS). Désele entrada, asígnesele número, háganse las anotaciones en los libros respectivos. Y a los fines de pronunciarse en cuanto a su Admisibilidad o Inadmisibilidad este tribunal observa;
Que de la revisión del escrito presentado se evidencia que faltan recaudos, originales de las actas de nacimiento de los hijos del causante. Por consiguiente este Juzgado niega la Admisión de la presente Solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS PARA PERPETUA MEMORIA (UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS), presentada por CARMEN CASTILLO DE PAEZ, asistida por el abogado JESUS MOLINA LEAL. Por cuanto carece de recaudos que permitan deducir el derecho alegado. Todo de conformidad con el Artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, numera 6. Y así se decide.

EL JUEZ TITULAR

Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
El Secretario Titular



Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se le dio entrada bajo el Nº 4350-13.
El Secretario Titular


Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA
Archivista Titular


Lic: NIURKA MIJARES


SOL. N° 4350-13
ALA/JPPT/Oswaldo

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