JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 02 de Julio de 2013
203° y 154°
Vista la anterior solicitud presentada en esta misma fecha, por los ciudadanos MEJIAS BETANCOUR IRENE ANTONIA Y GONZALEZ MEDINA ALBERTO ANTONIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-19.110.756 y 11.988.888, respectivamente, asistidos por la abogada ROSALBA CASTILLO TOLOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 151.979, contentivo de SEPARACIÓN DE CUERPOS. En consecuencia por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la ley; se ADMITE, cuanto a lugar en derecho y se DECLARA, la SEPARACIÓN DE CUERPOS, solicitada por los ciudadanos MEJIAS BETANCOUR IRENE ANTONIA Y GONZALEZ MEDINA ALBERTO ANTONIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-19.110.756 y 11.988.888, respectivamente, todo a tenor de lo establecido en el Articulo 189 del Código Civil. Por consiguiente, désele entrada y fórmese expediente. Cúmplase con lo ordenado.
El Juez Titular
Dr. ANGEL LEONARDO ANSART.
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. Se le dio entrada bajo el Nº. 4308-13.
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA
Sol 4308-13
ALA/JPPT/yuri
P.P.W: _______
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