JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 11 de Julio de 2013
203º y 154º

Vista la anterior Solicitud, presentada en fecha 26 de Junio de 2013, por los Ciudadanos: DURAN HERNANDEZ ANGELO JAVIER, DURAN RODRIGUEZ FRANCISCO JAVIER Y HERNANDEZ ARANGUREN MARIA FELICIA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº V- 19.530.312, V-3.747.542 Y V-3.937.283, Asistidos por la abogada en el ejercicio: ROSALBA CASTILLO TOLOZA, inscrita en el Inpreabogado, bajo el Nº 151.979, contentiva de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS PARA PERPETUA MEMORIA (UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS). Désele entrada y fórmese expediente, asígnesele número, háganse las anotaciones en los libros respectivos. Y por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a ninguna disposición contraría de la ley, SE ADMITE, cuanto a lugar en derecho. Con relación a los testigos, éstos se declararán en el momento oportuno que la parte así los presenten.

EL JUEZ TITULAR


Dr. ANGEL LEONARDO ANSART


El Secretario Titular



Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se le dio entrada bajo el Nº 4317-13.


El Secretario Titular


Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA






SOL. N° 4317-13
ALA/JPPT/Oswaldo

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