PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, dieciocho de febrero de dos mil trece
202º y 153º



SENTENCIA INTERLOCUTORIA



Nº DE EXPEDIENTE: GP02-L-2012-002252
PARTE ACTORA: JHON MARTINEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: HARINTO LOPEZ
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES GERISCO C. A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ARNALDO ZAVARSE
MOTIVO: PRESTACIONES SOIALES


En el día de hoy, durante la audiencia pautada se encuentran presente ambas partes, el ciudadano JHON MARTINEZ, en su condición de parte actora representado por la Procuradora de los Trabajadores abogado ADRIANA RABEL CEBALLOS Inpreabogado N° 86.021, a los fines de manifestar el Desistimiento con respecto a la demanda por Calificación de Despido contra la empresa INVERSIONES GERISCO, C. A., Representada el ciudadano GERMAN RODRIGUEZ, quien es Presidente de la parte demandada Asistido por el abogado ARNALDO ZAVARSE, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 142.125. Vista la solicitud realizada y por cuanto el tribunal asume tal solicitud hecha por la parte actora, dejando evidenciado que desiste en la presente causa contra la empresa INVERSIONES GERISCO, C. A. El Tribunal de la causa, visto que el desistimiento del procedimiento no es contrario a derecho, es por lo que este TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden publico, SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos que las partes establecieron, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Déjese copia certificada. Firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los Dieciocho (18) días del mes de Febrero del año 2012, Años 202° y 153°.
LA JUEZ,

Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS.


Por la parte actora,



Por la demandada,

LA SECRETARIA,

Abg. MARIA ELENA FUENTES.