REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, cuatro (04) de febrero de dos mil trece
202º y 153º
Nº de expediente: GP02-L-2012-001391
Parte demandante: NEURO DE JESUS LEDEZMA, titular de la cedula de identidad N° 4.158.106
Apoderado judicial de la parte demandante: Abogado: JOENNY ANTONIO SUÁREZ GUTIERREZ inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 102.654
Parte Demandada:

Apoderada Judicial de la parte Demandada:
IMPRESORA TECNICA DEL CENTRO, S.A.

Abogada: KAREN FREITES inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 171.611
Motivo: ENFERMEDAD OCUPACIONAL

En el día hábil de hoy cuatro (04) de febrero de dos mil trece, y siendo las 2:30 pm, y la oportunidad para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar comparecieron el ciudadano NEURO DE JESUS LEDEZMA, titular de la cedula de identidad N° 4.158.106 asistido por la abogado LEIDY DE ABREU inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 174.695 y la demandada IMPRESORA TECNICA DEL CENTRO, S.A., representada en este acto por su apoderada judicial ROSARIO LAI DE SOUSA inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 122.099. Y EN ESTE ACTO EL EX TRABAJADOR DESISTE DEL PROCEDIMIENTO, en virtud de no tiene la certificación de INPSASEL. Visto el DESISTIMIENTO efectuado en este acto por la parte actora y en consecuencia, este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, Y SE ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Así mismo se hace entrega a cada una de las partes de sus respectivas pruebas.

LA JUEZ

EL DEMANDANTE


LA ABOGADO QUE LO ASISTE

LA APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA
LA SECRETARIA



LA SECRETARIA,