ASUNTO: GP01-P-2008-014007
JUEZA: ABOG. BLANCA JIMÉNEZ
ACUSADO: HECTOR ANTONIO BORGES
FISCALIA: TRIGESIMA PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO
VÍCTIMA: TRINIDAD PÉREZ
DEFENSA: JUANA CAMACHO (PÚBLICA)
DELITO: ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y AMENAZA
DECISIÓN: SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA

SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA

Efectuada Audiencia de Verificación de condiciones celebrada en fecha 18-02-2013 corresponde a este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control, Audiencias y Medidas, con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, fundamentar los acuerdos tomados en la Audiencia de Verificación de Condiciones, en lo que respecta al SOBRESEIMIENTO acordado a favor del ciudadano: HECTOR ANTONIO BORGES, como efecto del cumplimiento de las condiciones establecidas con la Aprobación de la Suspensión Condicional del Proceso, en la audiencia de Verificación, celebrada en fecha 29-11-2010, se hicieron presentes las partes, y quedó establecido:

De la revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente, se advierte el efectivo cumplimiento de las condiciones, consistentes en PRIMERO: En relación a la obligación de dirigir una charla conjuntamente con su núcleo familiar, a fin de compartir la experiencia vivida y de cómo pudieron superar la dificultades, y que ello les permitiera consolidarse como familia ante la comunidad donde residen, así como el contenido de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en cualquier Institución educativa del estado Carabobo o ante los Consejos Comunales, la misma resulta acreditada con constancia emanada del Consejo Comunal “Batalla de Carabobo”, mediante el cual deja constancia que el acusado realizo la charla en la Escuela Básica “Antonio Ricaurte”.

Este Tribunal verificadas como han sido cada una de las condiciones que le fueran impuestas al acusado HECTOR ANTONIO BORGES, en Audiencia Preliminar efectuada en fecha 29-11-2010, observa que resulta acreditado su total y cabal cumplimiento por parte del acusado, procediendo en consecuencia a decretar el SOBRESEIMIENTO de la causa de conformidad con lo establecido en el artículo 46, en concordancia con el artículo 300 ordinales 3º y 5º, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena el cese la condición de acusado del ciudadano, así como el cese de toda medida de coerción o aseguramiento que pudiera pesar sobre el acusado

DECISIÓN
Por las consideraciones efectuadas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control, Audiencias y Medidas en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento:

1.- DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano: HECTOR ANTONIO BORGES, Titular de la cédula de identidad No 11.099.015, de conformidad con lo establecido en los artículos 46, 49, ordinal 7 y 300 ordinales 3º y 5º del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se ordena el cese de todas medidas de coerción o de aseguramiento dictado y de protección impuestas durante el proceso al acusado.

Remítase las actuaciones al archivo central para su posterior remisión al archivo judicial. Las partes quedaron notificadas, en la audiencia y se público dentro del lapso establecido en el artículo 107, parte in fine de la LOSDMVLV. Regístrese, Publíquese. Cúmplase.


Abg. Blanca Jiménez
La Jueza Segunda de Control, Audiencias
Y Medidas.
Abg. Wadea Abou
Secretaria,