REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 25 de Enero del año dos mil Trece
202º y 153º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2011-002514
PARTE ACTORA: OSNEIVER GRATEROL
PARTE DEMANDADA: LACTEOS LOS ANDES
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
ASUNTO: DESISTIMIENTO POR INCOMPARECENCIA DE LAS PARTES.
Hoy, 25 de Enero del año 2013, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, en la presente causa, se deja expresa constancia que tanto la parte actora : OSNEIVER GRATEROL, C.I: Nº 18.438.707, , así como la demandada LACTEOS LOS ANDES, no se encontraban al momento del llamado a viva voz efectuado en dos oportunidades por el alguacil VIRGILIO RODRIGUEZ, en presencia de la Juez titular de este despacho quien firmó en la tablilla de control de audiencias, por lo cual este tribunal vista la incomparecencia de las partes a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por apoderado judicial alguno, se aplica lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 202° y 153°.
LA JUEZ
ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ
LA SECRETARIA
ABG. YAJAIRA MARTINEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado siendo las 10:16 a.m.
LA SECRETARIA
ABG. YAJAIRA MARTINEZ
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