REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, Diez (10) de Enero de dos mil Trece
202º y 153º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2011-001203
PARTE OFERENTE: CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE OFERENTE: LUIS ALDANA y VICTORIA OLIVEROS
PARTE OFERIDA: JOSIAS PEREZ
APODERADOS DE LA PARTE OFERIDA: NATASHA LARA
MOTIVO: CONSIGNACION DE PRESTACIONES SOCIALES

Visto el escrito transaccional que antecede suscrito por el ciudadano JOSIAS PEREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.923.840, asistido por la abogada en ejercicio NATASHA LARA, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 156.135, en su carácter de parte oferida y por la parte oferente CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A., representada por los abogados en ejercicio LUIS ALDANA y VICTORIA OLIVEROS, inscritos en el IPSA bajo los Nros. 141.899 y 144.383, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales, mediante el cual dejan constancia de la cancelación de las prestaciones sociales y demás conceptos laborales que le corresponden al trabajador por la prestación de servicios.
En vista de que las partes llegaron a un acuerdo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE.

La Juez.,


ABG. MARÍA EUGENIA NÚÑEZ BRICEÑO

La Secretaria.,

Abg. Yajaira Martínez.