REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 28 de Enero de 2013
Años 202° y 153°

AUTO. APERTURA ARTICULACIÓN PROBATORIA
Visto el escrito presentado por los abogados Guaila Montenegro y Rhaywal Parra, actuando con el carácter de Apoderados judiciales de Inversiones Siderurgicas “INVERSIDE” e Inversiones Siderurgicas “DASIVEN S.A.,” oponiéndose a la Medida Autónoma Innominada de Protección a los suelos dictada por esta Instancia Agraria. En consecuencia, se abre el lapso probatorio de ocho (08) días para que las partes promuevan y evacuen las pruebas que convengan a sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 246 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.

La Jueza
IVETI T. LÓPEZ OJEDA


La Secretaria
GLENDY YUSTIN GONZALEZ GUEVARA