REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA DOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Sala 2 Corte de Apelaciones Penal - Valencia
Valencia, 2 de Diciembre de 2013
Años 203º y 154º

ASUNTO: GP01-R-2013-000216
Ponente: CARMEN BEATRIZ CAMARGO PATIÑO

Corresponde a esta Sala conocer el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada JANETTE RODRIGUEZ TORREALBA, Fiscal Duodécima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en contra de la decisión dictada en fecha 8 de julio de 2013 por el Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Nº 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, mediante la cual decretó MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al ciudadano WALTER DANIEL SEQUERA MONTILLA, en las actuaciones del asunto Nº GP01-P-2012-019007 que se sigue al mencionado acusado por los delitos de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149, segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL ROBO previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor.

Dado el trámite legal al recurso de apelación, la juzgadora a quo remitió las actuaciones a la Corte de Apelaciones, dándosele entrada a dicha causa en esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones en fecha 4 de noviembre de 2013, habiendo quedado asignada la ponencia a la Juez Superior Nº 5 Temporal, YOIBETH ESCALONA MEDINA.

En fecha 11 de noviembre de 2013 asume el conocimiento jurisdiccional de la causa la Juez Superior Nº 5 integrante de esta Sala, Carmen Beatriz Camargo Patiño, luego de concluidas sus vacaciones legales, constituyendo la Sala conjuntamente con las Juezas Superiores Nº 4 ELSA HERNÁNDEZ GARCÍA y Nº 6, FÁTIMA GREGORIS SEGOVIA CH.

Mediante auto de fecha 22 de noviembre de 2013 se abocó al conocimiento de la causa la Jueza YOIBETH ESCALONA MEDINA, en virtud de suplir la ausencia temporal de la Juez Superior N ° 6 Fátima Gregoris Segovia CH., a quien le fue indicado reposo médico; constituyendo la Sala conjuntamente con las Juezas CARMEN BEATRIZ CAMARGO PATIÑO y ELSA HERNÁNDEZ GARCÍA.

Esta sala encontrándose dentro del lapso previsto en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal vigente y de conformidad con el artículo 428 ejusdem, a los fines de admitir o no el presente recurso observa:

PRIMERO: Que el recurso de apelación, fue ejercido por la abogada JANETTE RODRIGUEZ TORREALBA, actuando con el carácter de Fiscal Duodécima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, por lo que se encuentra legitimada para ejercer dicho medio de impugnación como consta en autos.

SEGUNDO: Que la decisión objeto de impugnación, fue publicada en fecha 8 de julio de 2013; quedando notificado el Ministerio Público de dicha decisión en fecha 09 de julio de 2013, tal como consta en la resulta de notificación al folio (13) de las actuaciones del presente recurso, ejerciendo el Ministerio Público dicho medio de impugnación en fecha 16 de julio de 2013, tal como se desprende del sello de recibido del escrito de apelación por ante la Oficina de Alguacilazgo al folio (1); y que, de acuerdo a la certificación de días de despacho elaborada por la secretaria del Tribunal a quo, que corre inserta al folio (43) del recurso, dicho recurso fue presentado al quinto día de despacho siguiente luego de la efectiva notificación realizada al Ministerio Público, y por lo tanto fue ejercido dentro del lapso que establece la ley. Así mismo se evidencia al vuelto del folio (37) que la defensora privada CARMEN ACOSTA fue emplazada mediante Boleta, consignada por el alguacil conforme al artículo 167 del Código Orgánico Procesal Penal; no constando en autos escrito alguno de contestación. Así se deja constar.

TERCERO: Que la decisión de la cual se apela es recurrible por lo tanto se ADMITE el recurso de apelación interpuesTO.


JUEZAS DE LA SALA

CARMEN BEATRIZ CAMARGO PATIÑO
(Ponente)


ELSA HERNÁNDEZ GARCÍA YOIBETH ESCALONA MEDINA

El Secretario,

Abg. Carlos López Castillo