REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.


Valencia, 02 de Diciembre de 2013
202° y 154°

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, constata este Tribunal que la parte demandada, en fecha 03 de Junio del presente año, ejerció recurso de apelación contra la decisión interlocutoria de fecha 06 de Febrero de 2013, en la cual este Tribunal declaro improcedente la solicitud de perención realizada por la parte apelante, asimismo se constata que en fecha 06 de Junio de 2013 el Tribunal acordó oír la apelación ejercida en un solo efecto, y en fecha 17 de Julio de 2013, se remitieron las copias de la apelación ejercida al Juzgado Superior Distribuidor de esta Circunscripción Judicial; por lo cual este Tribunal en virtud de la apelación ejercida aun no han sido decidida o si han sido decidida no consta en los autos su resulta, es por lo que existe una imposibilidad cierta para esta juzgadora para decidir el fondo del asunto debatido, cuando están pendiente un recursos por resolver ante la segunda instancia que limita el conocimiento pleno de la causa, circunstancia que obliga a resguardar el derecho a la defensa del recurrente, así como el debido proceso, razón por la cual conforme lo prevé el articulo 202 del Código de Procedimiento Civil. Es por lo que se paralizan los lapso procesales en la presente causa hasta tanto no lleguen las resultas correspondientes a la apelación ejercida. Y ASÍ DE DECIDE.


Abg. Isabel Cristina Cabrera de Urbano
Juez Titular


Abg. Juan Carlos López Blanco
Secretario