REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, Seis (06) de agosto de 2013
203° Y 154°

ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2013-000602
PARTE ACTORA: RAFAEL ORTIZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: MANUEL LOURENCO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALICIA LOURENCO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, Seis (06) de agosto de 2013, siendo las 9:10 a.m., oportunidad fijada para tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguna, la cual fue constada por la Juez al encontrarse presente en el tercer llamado a la audiencia, así mismo, se deja constancia de la comparecencia de la abogada en ejercicio ALICIA LOURENCO, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 186.586, en su carácter de apoderada judicial según instrumento poder que acredita su representación consignada en copias simples y cuyo original estuvo a la vista de este Tribunal y a efectos videndi se procedió a la devolución del mismo.

En vista de la incomparecencia del trabajador y por cuanto no se han vulnerado los derechos irrenunciables del mismo derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

LA JUEZ.,

Dra. MARIA EUGENIA NUÑEZ BRICEÑO.

LA PARTE DEMANDADA.,

La Secretaria.,