JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 06 de Agosto de 2013
203° y 154°
Cumplida como ha sido la presente Solicitud, contentivo de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS PARA PERPETUA MEMORIA (UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS), presentada por el Ciudadano: LOPEZ REYES MAXIMO VICENTE, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº E-538.529, Asistido por el abogado en el ejercicio: JOSE AQUINO TESTA BELLO, inscrito en el Inpreabogado, bajo el Nº 167.847, respectivamente y por cuanto solicita le sean declarado suficientes las probanzas evacuadas para acreditarle la cualidad que tiene de ser UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS: MONTENEGRO DE LOPEZ RAMONA GUILLERMINA, y vistas las declaraciones de los testigos, los ciudadanos: PEÑA FLORES DENNY YVETT Y ANGULO MILENNYS EMILICAR, venezolanas, Mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº V- 17.031.805 y V- 14.297.840. Por consiguiente, este Tribunal ordena declarar suficientes las probanzas evacuadas, para acreditarle a los solicitantes: LOPEZ REYES MAXIMO VICENTE, LOPEZ MONTENEGRO MOISES VICENTE, LOPEZ MONTENEGRO ANA ISABEL, LOPEZ MONTENEGRO LUIS ARTURO, LOPEZ MONTENEGRO ANGEL TOMAS Y LOPEZ MONTENEGRO ADELAIDA CECILIA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº E-538.529, V-9.647.331, V-13.953.607, V-13.953.605, V-13.953.606., Y V-15.993.043, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS: MONTENEGRO DE LOPEZ RAMONA GUILLERMINA, dejando a salvo los derechos de Terceros. Se hace esta declaratoria, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Désele salida y devuélvase lo actuado.
EL JUEZ TITULAR
Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
El Secretario Titular

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. Se le dio salida constante de Diecisiete (17) folios útiles.

El Secretario Titular

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA

RECIBIDO POR__________________ C.I. Nº. _______________________
FECHA._________________________ HORA: _______________________
SOL. Nº 4367-13
ALA/JPPT/Oswaldo

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