REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO


Exp. N°- GP02-L-2012-000466

ACTA DE CONTINUACION DE AUDIENCIA

En el día de hoy 29 de abril del año 2013, siendo las 11:00 am., se constituye el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con la presencia de la Jueza EDUARDA DEL CARMEN GIL, conjuntamente con la Secretaria accidental DORALIS CEBALLOS y el Alguacil ANTONIO GONZALEZ, a los fines de la celebración de la audiencia oral y pública, en la causa distinguida con el Nº GP02-L-2012-000466, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral de juicio en virtud de la demanda que por PRESTACIONES SOCIALES incoara el ciudadano JUAN PEREZ VALLE, contra PUBLICIDAD VEPACO, C.A. La presente audiencia fue reproducida en forma audiovisual, con la asistencia del técnico JOHNNEY MENDOZA quien deberá consignar ante la Secretaria de este Tribunal el CD correspondiente a la presente audiencia en el lapso de tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente al de hoy. El Tribunal deja constancia que en la sala de audiencias se encuentran presentes el abogado DANIEL ALFREDO IZARRA MUJICA inscrito en el IPSA bajo el No. 73.462 apoderado judicial de la parte actora y la abogada MARIA MARIN CARBALLO, inscrita en el IPSA bajo el No. 56.616, apoderada judicial de la parte demandada. Seguidamente la Jueza procedió a dictar las pautas para el desarrollo del debate e inicia el acto, otorgando el lapso correspondiente en el cual las partes alegaron lo pertinente a favor de sus patrocinados. En este estado, la representación de la parte demanda, manifiesta que han mantenido a lo largo del tiempo transcurrido conversaciones conciliatorias lo que llevó en definitiva a hacer una oferta para poner fin al presente litigio, y que una vez conversado con el representante legal de la parte actora y en conversaciones también a lo largo de las audiencias de juicio con la ciudadana Juez, quien siempre nos ha instado a utilizar los medios de resolución de conflicto en virtud de ello hemos llegado al presente acuerdo, una oferta total de TRESCIENTOS QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 315.000,oo) pagaderos un 50% el día lunes 06 de mayo de 2013 y un segundo pago del 50% restante el día jueves 20 de junio de 2013, y dichos pagos se harán mediante diligencia por ante la URDD de éste Circuito Judicial, mediante cheques de gerencia a nombre del ciudadano JUAN PEREZ VALLE. En este estado la representación de la parte actora manifiesta que con el presente acuerdo quedan satisfechas la pretensión de su representado que solicita el pago oportuno por parte de la empresa. Vista las exposiciones por ambas partes y visto que el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador se HOMOLOGA el mismo en los términos planteados por las partes, dándole efectos de cosa juzgada se da por concluida la fase de juicio y una vez conste en autos el último de los pagos acordados se ordenará la remisión del presente expediente al Juzgado de origen para su archivo y cierre definitivo. Seguidamente la Juez felicita a las partes, en virtud de que en la presente causa prevaleció el nexo de la amistad y estima que entre el trabajador y la empresa además seguirán prevaleciendo sentimientos de amistad, lealtad, solidaridad y afecto por encima de una relación jurídica, ésta acotación se hace dada la naturaleza de la presente demanda. Siendo las 11:45 el Tribunal se retira a levantar el acta. Se reanuda la audiencia a las 11:55am. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
La Jueza,

Abg. EDUARDA DEL CARMEN GIL
El apoderado actor,


La Apoderada de la parte demandada,



El Audiovisual,

El Alguacil,



La Secretaria Accidental,

Abg. Doralis Ceballos.

Exp. N°- GP02-L-2012-000466