REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA DOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Corte de Apelaciones Penal y Responsabilidad Penal del Adolescente
Sala 2
Valencia, 5 de Abril de 2013
Años 202º y 154º
ASUNTO: GP01-R-2012-000191
PONENTE: ELSA HERNÁNDEZ GARCÍA


En fecha 26 de Febrero de 2013, el Abogado Recurrente presento ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial penal, contentivo de Recurso de Casación, distinguido con el alfanumérico GP01-R-2013-000054, interpuesto por el Abogado ERNESTO MATHINSON MORILLO, actuando como defensor de confianza de ciudadano JUAN JOSE SÁNCHEZ DOPAZO, a quien se le sigue la causa Nº GP01-P-2012-007761, llevada por el Tribunal en función de Control Nº 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, contra la supuesta decisión dictada por esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal en fecha 13-12-2012, fundamentando dicho recurso a tenor del articulo 451 y encabezamiento del articulo 452 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece el lo concerniente al Recuso de Casación y lo relativo a la fundamentación del mismo.

En la fecha 26-02-2013, en la cual se le dio entrada al recurso de casación GP01-R-2013-000054, correspondió la designación de la ponencia a la Jueza Cuarta integrante de esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones, Abg. ELSA HERNÁNDEZ GARCÍA.

En fecha 13 de Marzo del año en curso, esta Sala Nº 02 se acordó agregar la actuación GP01-R-2013-000054 que contiene el escrito de Casación al Recurso de Apelación GP01-R-2012-000191.


Esta Sala observa:
En relación al trámite de la presente solicitud de RECURSO DE CASACIÓN presentado en fecha 25 de febrero de 2013 por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal por el abogado ERNESTO MATHINSON MORILLO en la causa que conoce esta Sala con el número de asunto GP01-R-2012-000191; contra supuesta decisión de fecha 13 de diciembre de 2012, y que esta Sala constata que ejerce dicha recurso de contra decisión inexistente, siendo que el asunto GP01-R-2012-000191 se encuentra bajo discusión de proyecto de decisión presentado; por lo tanto tal tramitación del recurso de casación propuesto resulta improcedente el trámite en el ordenamiento jurídico penal, pues tal proceder además de resultar en recargo de trabajo para esta Sala, la obliga a desviar la atención de los recursos que si la requieren.

Estima la Sala necesario citar la decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en expediente de fecha 15 de mayo de 2009 en Expediente 09-0007, con ponencia del Magistrado MARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN, la cual estableció:


“…ejerció la segunda instancia al apelar de la decisión y en desconocimiento total del proceso de amparo y en general de todo proceso, ejerció nuevamente recurso de apelación que no existe- contra la decisión del juzgado superior… “ …“…Finamente esta Sala hace un llamado de atención a la Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, para que en lo futuro no remita a esta Sala Constitucional, el expediente contentivo de un recurso de apelación, del cual afirma que “por haber conocido el asunto el segundo grado, es irrecurrible por esta vía,…” ya que ello entorpece las labores de esta Sala y la obliga a desviar su atención de asuntos que si requieren de urgente tutela constitucional…”.


Por las razones jurídicas anteriormente expuestas, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por medio del presente auto, y en garantía a la tutela judicial efectiva, deja expresadas así las razones por las cuales no procede el trámite del escrito del RECURSO DE CASACIÓN presentado en fecha 25 de febrero de 2013 por el abogado ERNESTO MATHINSON MORILLO, actuando como defensor de confianza del ciudadano JUAN JOSE SANCHEZ DOPAZO contra decisión en el asunto que conoce esta sala bajo el numero GP01-R-2012-000191.

Publíquese, regístrese, y notifíquese.

JUEZAS DE SALA

ELSA HERNÁNDEZ GARCÍA
(Ponente)



CARMEN BEATRIZ CAMARGO PATIÑO FATIMA GREGORIS SEGOVIA CH.

La Secretaria,

Abg. Yanet Villegas

En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
La Secretaria,


Hora de Emisión: 3:05 PM