REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE VIOLENCIA EN FUNCION DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO-VALENCIA
Valencia, 18 de Abril de 2013
Años 202º y 154º

ASUNTO: GP01-S-2013-000587
JUEZ: ABG. MICHAEL MIJAIL PÉREZ AMARO
FISCALIA: 03° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
IMPUTADO: WIILIAN JOSE MOTA MEDINA.
DELITO: VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia
VICTIMA: YARINETH CRUZ INDIANA ROMERO
DECISION: SOBRESEIMIENTO

SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA

Conforme a lo establecido en el artículo 305, del Código Orgánico Procesal Penal, corresponde a este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Audiencia y Medidas con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, vista la solicitud de sobreseimiento presentada por el Fiscal auxiliar Tercero del Ministerio Público con competencia amplia en el plan de congestionamiento, Abg. Devora Meléndez Ruiz, de fecha 05 de Febrero de 2.013, este juzgado aplicando la norma que antecede acuerda decidir sobre la petición fiscal específicamente en lo que respecta al SOBRESEIMIENTO a favor del ciudadano: WIILIAN JOSE MOTA MEDINA.

PRIMERO: En fecha 10 de Marzo de dos mil Nueve (2.009), se inicio la presente Investigación en virtud de la denuncia interpuesta por la ciudadana YARINETH CRUZ INDIANA ROMERO, donde señala como presunto agresor al ciudadano; WIILIAN JOSE MOTA MEDINA, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YARINETH CRUZ INDIANA ROMERO

SEGUNDO: Consta en el presente asunto escrito de solicitud de sobreseimiento de la causa de conformidad con lo preceptuado en el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar la representación fiscal que “...La acción penal se ha extinguido o resulta acreditada la cosa juzgada…”

Ahora bien, este juzgado aplicando lo establecido en el artículo 305 de la Ley Penal Adjetiva, la cual es del siguiente tenor:

“Presentada la solicitud de sobreseimiento, el juez o jueza la decidirá dentro de un lapso de cuarenta y cinco días. La decisión dictada por el tribunal deberá ser notificada a las partes y a la víctima aunque no se haya querellado.”


MOTIVACION PARA DECIDIR

De la minuciosa revisión de las actas que conforman el presente expediente, se pudo constatar que la solicitud de sobreseimiento presentada en fecha 05 de Febrero de 2.013, por la Fiscalía Tercero del Ministerio Público, a favor del ciudadano WIILIAN JOSE MOTA MEDINA, está ajustada conforme a derecho cumpliendo con lo preceptuado en la constitución y la ley garantizando de esta manera los derechos de las partes involucradas en el caso que nos ocupa. En tal virtud este juzgador estima que lo procedente y ajustado a derecho es decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA al referido ciudadano, de conformidad con lo establecido en artículo 300 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el 305 ejusdem. Y así decide.

DECISIÓN

Por todos los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente explanados, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Audiencia y Medidas con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, DMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento. DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano WIILIAN JOSE MOTA MEDINA, de conformidad con lo establecido en el artículo 300, ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el 305 ejusdem.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de decisiones llevado por este Tribunal. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
Abg. Michael Mijail Pérez Amaro
Juez Primero de Primera Instancia
en Función de Control Audiencia y Medidas.
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Abg. Luís Trejo.
Secretario

ASUNTO: GP01-S-2013-000587
Hora de Emisión: 4:39 PM