REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO CON SEDE EN VALENCIA
Valencia, 12 de abril del 2013
202º y 154º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2012-002355
PARTE ACTORA: EVENCIO MEDINA, JORGE GRANADILLO, PEDRO GUERRA y JOSE DUARTE, JESUS QUIÑONEZ.-
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ROMULO ANTONIO SERRADA, I.P.S.A Nº- 55.294.-.
PARTE DEMANDADA: SEGUVIMA C.A.,
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: SOLANGE QUINTERO, I.P.S.A Nº- 12.027, Y CARELIS ORDOSGOITTY, I.P.S.A Nº- 54.764
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy 12 de abril del 2013, siendo las 9:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar EL INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal se deja constancia que compareció el actor JESUS QUIÑONEZ, C.I. 7.563.900, y su apoderado judicial abogado ROMULO ANTONIO SERRADA, I.P.S.A Nº- 55.294 y por la parte demandada, comparecieron SOLANGE QUINTERO, I.P.S.A Nº- 12.027, Y CARELIS ORDOSGOITTY, I.P.S.A Nº- 54.764.-
Se deja constancia que el ciudadano PEDRO CELESTINO GUERRA, no compareció ni por si, ni por medio de apoderado judicial, en virtud que en el poder que corre inserto al folio 43 en el cual los demandantes de autos otorgaron poder al abogado ROMULO ANTONIO SERRADA, I.P.S.A Nº- 55.29, a excepción del ciudadano PEDRO CELESTINO GUERRA, por lo cual este Tribunal de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO con relación al ciudadano PEDRO CELESTINO GUERRA.- Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 202 ° y 154 °.-
La Juez
Abg. Eylyn Rodríguez Rugeles-J
La secretaria
Maria Elena Fuentes
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