REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

Valencia, Dieciocho (18) de Septiembre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: GP02-S-2012-000997.
Parte Actora: DIANA CAROLINA LADERA LOPEZ.
Parte Demandada: ATENTO VENEZUELA, S.A.
Motivo: PRESTACIONES SOCIALES.

Visto que la parte actora no corrigió el libelo de la demanda dentro del lapso de los dos (2) días hábiles establecidos según auto de fecha 08 de Junio de 2012, y vista la declaración del alguacil en fecha 02 de Julio del 2012 (folio 9); este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCION DE LA INSTANCIA; todo de conformidad con lo establecido en el articulo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; Y ASI SE ESTABLECE.-

PUBLIQUESE. REGISTRESE.
DEJESE COPIA AUTORIZADA

LA JUEZ,


FARIDY SUAREZ COLMENARES.



EL SECRETARIO,


Abg. JUAN CARLOS PEREZ.



En la misma fecha se dictó y publico la anterior sentencia, siendo las 2:30 p.m.-


EL SECRETARIO,

JUAN CARLOS PEREZ.