REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

SOLICITANTE (S): ARTURO GONCALVEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, Comerciante, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.363.968, actuando en representación de los ciudadanos: ARTUR GONCALVEZ DE CARVALHO, MARISOL GONCALVEZ de AYALA y LILIANA GONCALVEZ RODRÍGUEZ, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.079.268, V-7.134.342 y V-15.077.318 en su orden, asistido por el Abogado en ejercicio ANTONIO BRUNO CARRIERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 61.143, todos de este domicilio.
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDERA UNIVERSAL (PERPETUA MEMORIA)

SENTENCIA: DEFINITIVA

EXPEDIENTE: 5769.

I

Por presentado el escrito de solicitud en fecha 21-09-2012, por el ciudadano ARTURO GONCALVEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, Comerciante, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.363.968, actuando en representación de los ciudadanos: ARTUR GONCALVEZ DE CARVALHO, MARISOL GONCALVEZ de AYALA y LILIANA GONCALVEZ RODRÍGUEZ, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.079.268, V-7.134.342 y V-15.077.318 en su orden, asistido por el Abogado en ejercicio ANTONIO BRUNO CARRIERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 61.143, todos de este domicilio, mediante la cual solicita sean declarados “UNICOS HEREDEROS UNIVERSAES” en sus condición de cónyuge e hijos sobreviviente de la de cujus, MARIA GABRIELA RODRÍGUEZ de GONCALVEZ, venezolana, mayor de edad, casada, identificada con la cédula de identidad Nro. V-7.085.435, quien falleció ab-intestato, en el municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha 02-09-2.012. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas los testigos ciudadanos GÓMEZ BLANCO ÁNGEL DAVID y ROJAS REYES HECTOR ENRIQUE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.494.667 y V-17.397.872 respectivamente, ambos de este domicilio, por ante este mismo Juzgado promovidos por la parte solicitante, y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de ““UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos ARTURO GONCALVEZ RODRÍGUEZ, ARTUR GONCALVEZ DE CARVALHO, MARISOL GONCALVEZ de AYALA y LILIANA GONCALVEZ RODRÍGUEZ, ut supra identificados, como “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” de la de cujus, MARIA GABRIELA RODRÍGUEZ de GONCALVEZ, venezolana, mayor de edad, casada, identificada con la cédula de identidad Nro. V-7.085.435, quien falleció ab-intestato, en el municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha 02-09-2.012, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el Nro. 149, tomo I, Año 2.012, en el Libro de Registro Civil de Defunciones del Registro Civil de la Parroquia Tocuyito del Municipio Libertador del Estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.

Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.

Publíquese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los veintisiete (27) días del mes de septiembre del año dos mil doce (2012). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
El Juez suplente Especial,


ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.
La Secretaria Titular,



ABG. MIRIAM PÉREZ ABACHE.

En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 01:20 horas de la tarde.-

La Secretaria Titular,


ABG. MIRIAM PÉREZ ABACHE.




Exp. Nro. 5769.-