REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
ASUNTO: GP01-2012-001334
JUEZA: Abg. FATIMA SEGOVIA.
FISCAL: 30º del Ministerio Público
IMPUTADO: ELIO RAMON VILLAMEDIANA ORTEGA.
DELITOS: AMENAZA Y VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia.
VICTIMA: MARÍA DEL VALLE HERNÁNDEZ GONZÁLEZ Y ELIANNY (Identidad omitida según lo preceptuado en el artículo 65 de la LOPNNA).
DEFENSA: ABG. ERNESTO VÁSQUEZ.
DECISIÓN: EXTENSION DEL LAPSO DE PRESENTACIONES.
Visto el contenido del escrito presentado por el abogado ERNESTO VÁSQUEZ, actuando en su condición de abogado del imputado ELIO RAMON VILLAMEDIANA ORTEGA, a quien se le sigue el presente asunto por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de las ciudadanas: MARÍA DEL VALLE HERNÁNDEZ GONZÁLEZ Y ELIANNY (Identidad omitida según lo preceptuado en el artículo 65 de la LOPNNA), mediante el cual solicita que le sea extendido el lapso de presentaciones las cuales viene realizando cada treinta (30) días, argumentando que el cumplimiento de las mismas, le dificulta cumplir con su actividad laboral.
Ahora bien, este Tribunal para decidir sobre la petición observa:
PRIMERO: En fecha treinta (30) de julio de dos mil doce (2012), tuvo lugar la Audiencia Especial de presentación de imputado al ciudadano ELIO RAMON VILLAMEDIANA ORTEGA, a quien se le sigue el presente asunto por la presunta comisión del delito de AMENAZA Y VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de las ciudadanas: MARÍA DEL VALLE HERNÁNDEZ GONZÁLEZ Y ELIANNY (Identidad omitida según lo preceptuado en el artículo 65 de la LOPNNA), decretándole el tribunal medida cautelar sustitutiva de libertad siendo una de ellas la contenida en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, numeral 3º es decir, Presentación cada treinta (30) días ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial.
SEGUNDO: En fecha 30 de Agosto del 2012, se recibió escrito de la defensa del imputado de autos solicita al tribunal la extensión del lapso de presentaciones que le fue impuesta el día treinta (30) de julio de dos mil doce (2012), de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del ordina 3º del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, las Presentación cada treinta (30) días ante la unidad del alguacilazgo, alegando que el cumplimiento de las mismas lo perjudica en su jornada de trabajo, pasa a decidir lo solicitado.
Ahora bien, del análisis de las actuaciones y visto el record de presentación del justiciable, a los fines de garantizar los derechos del imputado de autos observado que hasta la presente fecha ha cumplido a cabalidad con el mismo, sin embargo esta juzgadora considera que no se encuentra acreditado su relación laboral mediante la respectiva, constancia de trabajo por lo cual SE DECLARAR SIN LUGAR la solicitud formulada y en consecuencia se mantiene el lapso de las presentaciones a cada treinta (30) días al ciudadano ELIO RAMON VILLAMEDIANA ORTEGA. Y ASÍ SE DECIDE.
DECISION
Es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARAR SIN LUGAR la solicitud formulada por la defensa del justiciable imputado de autos, y en consecuencia se mantiene el lapso de presentaciones a cada treinta (30) días por ante el Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión, déjese copias certificadas de la misma. Diaricese. Publíquese, Regístrese. Cúmplase.
Abg. Fátima Segovia
Jueza Primera de Primera Instancia
En Funciones de Control Audiencia y Medidas
Abg. Luis Trejo
Secretario