PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 15 de octubre del 2012
202º y 153º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA


EXPEDIENTE: GP02-L-2012-001403
PARTE ACTORA: SNAILLW SOTO
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE ACTORA :
PARTE DEMANDADA: REPUESTOS ROMOCA C.A..
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO ACUDIO
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO


En el día hábil de hoy 15 de Octubre del 2012 siendo las 11:00 A.M. hora y fecha fijada para llevar a cabo la Audiencia Preliminar en prolongación, este Juzgado deja constancia, que siendo las 11:15 minutos luego de segundo llamado LA INCOMPARECENCIA DEL ACCIONANTE DE AUTOS ciudadano SNAILLIW SOTO titular de la cédula de identidad No. 16.951.618 por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno, y siendo ésta es la que impulsa el presente proceso, es por lo que de conformidad con el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO. Se encuentran presentes la ciudadana Procuradora Especial de Trabajadores MARISINIA RONDON inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 115.593 quien carece de instrumento poder para actuar en la presente causa.

Publíquese y Regístrese la presente decisión.-.

La Juez
Abg AMARILIS MIESES
Abg. GLADYS MIJARES LUY


El Secretario,

Abg. JUAN CARLOS PEREZ