En horas de despacho del día de hoy, DIECISIETE (17) de Octubre de dos mil Doce (2012), siendo las 09:30 de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Primero Ejecutor de medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en la Sede de la Depositaria Judicial Venezuela, C.A., ubicada en el Barrio El Impacto, Sector La Loma Calle 31 N° 105-61, Parroquia Miguel Peña, Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía del Abogado MARIO RAMON MEJIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 61.640, en su carácter Apoderado Judicial de la Depositaria Judicial Venezuela, C.A., a fin de practicar la medida de Embargo Ejecutivo decretada por el comitente, con motivo de la demanda de COBRO DE EMOLUMENTOS, TASAS Y GASTOS DE DEPOSITO, intentada por la referida Depositaria en contra de las ciudadanas IVONNE GONZALEZ Y SUSANA VALDERRAMA. Presente el ciudadano JORGE LUIS D´LIMA, titular de la Cédula de Identidad N° 4.133.506, a quien en su carácter de representante de la Depositaria se le notifica de la misión a realizar. El Tribunal requiere del notificado manifieste si en este Depositaria Judicial se encuentra un vehículo MARCA: CHEVROLET; PLACA: GAW-72H; COLOR: GRIS; MODELO: BLAZER 4X2; SERIAL MOTOR: 1XV312228; SERIAL DE CARROCERIA: 8ZNC313W1XV312228; AÑO: 1999; CLASE: CAMIONETA; TIPO: SPORT-WAGON; USO: PARTICULAR: Interviene el notificado y expone: Ciertamente el mencionado vehículo se encuentra bajo la guarda y custodia de esta Depositaria Judicial desde el 24-03-2006, fecha en que fue embargado preventivamente con motivo del Juicio que por Cobro de Bolívares sigue la ciudadana Natalia Jardín contra las ciudadanas IVONNE GONZALEZ Y SUSANA VALDERRAMA, en expediente N° 20.269, que cursa por ante el Tribunal 4° de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Carabobo, en el cual fue declarada la Perención de la Instancia en fecha 23-10-2009. El Tribunal se encuentra acompañado por dos (2) funcionarios de la Policía de Carabobo a cargo de la Oficial Agregada MILAGROS MORILLO, Credencial N° 3781. En este estado interviene el Abogado MARIO MEJIAS, y expone: Solicito del Tribunal se sirva designar a la Depositaria Judicial Venezuela, C.A., de conformidad con lo previsto en los Artículos 49 Ordinal 1° de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en aras de no ocasionar más gastos a mi representada, y tal y como fue ordenado por el comitente en Oficio N° 0693 de fecha Quince (15) de Octubre del presente año; e igualmente se designe Perito Avaluador. El Tribunal solicitado como ha sido por la parte actora y ordenado por el comitente tal y como se lee en el contenido del Oficio N° 0693 de fecha 15-10-2012 emanado del Tribunal de la causa, cursante al Folio 11 de esta Comisión:…….”por tanto el referido bien inmueble deberá recaer en cualquiera de los representantes legales de la DEPOSITARIA JUDICIAL VENEZUELA, C.A. debidamente acreditado…”, designa a la Depositaria Judicial Venezuela, C.A. representada en este acto por la ciudadana YAJAIRA MERCEDES MARTINEZ ESCOBAR, titular de la Cédula de Identidad N° 7.049.220 y como Perito Avaluador a FERNANDO JOSE OJEDA, titular de la Cédula de Identidad N° 5.370.466, quienes estando presentes aceptan el cargo y prestan el juramento de Ley. Interviene la parte actora y expone: Señalo al Tribunal para ser Embargado Ejecutivamente previo avalúo del Perito designado, el siguiente vehículo: MARCA: CHEVROLET; PLACA: GAW-72H; COLOR: GRIS; MODELO: BLAZER 4X2; SERIAL MOTOR: 1XV312228; SERIAL DE CARROCERIA: 8ZNC313W1XV312228; AÑO: 1999; CLASE: CAMIONETA; TIPO: SPORT-WAGON; USO: PARTICULAR; propiedad de la co-demandada IVONNE GONZALEZ, por lo que consigno en este acto copia simple de donde se desprende los datos del vehículo señalado y como propietaria a la referida co-demandada, por consulta hecha en la página WEB del Instituto Nacional de Transporte Terrestre, adscrito al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia. El Tribunal agrega a los autos el recaudo consignado por la parte actora. En este estado interviene el Perito Avaluador y expone: El vehículo señalado para ser embargado presenta la siguientes características: Pintura, cauchos, tapicería, latonería en regular estado, tiene caucho de repuesto, goma de la puerta izquierda delantera desprendida, platina de guardafangos derecho trasero esta abollada, desconociéndose su funcionamiento y vicios ocultos, para un valor de SESENTA Y DOS MIL BOLIVARES (Bs. 62.000,00). El Tribunal solicitado como ha sido por la parte actora y ordenado por el comitente se declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el vehículo MARCA: CHEVROLET; PLACA: GAW-72H; COLOR: GRIS; MODELO: BLAZER 4X2; SERIAL MOTOR: 1XV312228; SERIAL DE CARROCERIA: 8ZNC313W1XV312228; AÑO: 1999; CLASE: CAMIONETA; TIPO: SPORT-WAGON; USO: PARTICULAR, y se hace entrega del mismo a la Depositaria Judicial designada, representada por YAJAIRA MARTINEZ, quien lo recibe para su guarda y custodia. El Tribunal hace constar que la presente acta se transcribió en un equipo Laptop marca Lenovo, signado como bien nacional con el N° 03/20-2008/ COMP- 0719 e impresa en una Impresora portátil marca HP signada como bien nacional bajo el N° 03-2008/ELEC-2603, ambos equipos asignados a este Tribunal y propiedad de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura y que las firmas estampadas son de manera voluntaria. Es todo. Siendo las 11:45 de la mañana, el Tribunal regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. LA JUEZA PROVISORIA, (Fdo. Firma Ilegible). DRA. NINOHSKA ZAVALA. LA PARTE ACTORA, (Fdo. Firma Ilegible). EL NOTIFICADO, (Fdo. Firma Ilegible). LA DEPOSITARIA DESIGNADA, (Fdo. Firma Ilegible). EL PERITO, (Fdo. Firma Ilegible). LA FUNCIONARIA POLICIAL,(Fdo. Firma Ilegible). LA SECRETARIA, (Fdo. Firma Ilegible).

ABG. ZORKA CARBONELL R.