REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE VIOLENCIA EN FUNCION DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO-VALENCIA
Valencia, 17 de octubre de 2012
Años 202º y 153º

ASUNTO: GP01-S-2012-001696
JUEZA: Abg. FATIMA SEGOVIA.
FISCAL: 31º del Ministerio Público
IMPUTADO: DANIEL ALONSO JIMENEZ VILLALOBOS.
DELITOS: VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia
VICTIMA: ALICIA ELENA SUMOZA ROJAS.
DEFENSA: ABG. ENELDA OLIVEROS.
DECISIÓN: DECLARA SIN LUGAR.

Visto el contenido del escrito presentado por el abogado ERNESTO VÁSQUEZ, actuando en su condición de abogado del imputado DANIEL ALONSO JIMENEZ VILLALOBOS, a quien se le sigue el presente asunto por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de las ciudadanas: ALICIA ELENA SUMOZA ROJAS, mediante el cual solicita que le sea extendido el lapso de presentaciones las cuales viene realizando cada treinta (30) días, argumentando que el cumplimiento de las mismas, le dificulta cumplir con su actividad laboral.
Ahora bien, este Tribunal para decidir sobre la petición observa:
PRIMERO: En fecha cinco de Octubre de dos mil doce (2012), tuvo lugar la Audiencia Especial de presentación de imputado al ciudadano DANIEL ALONSO JIMENEZ VILLALOBOS, a quien se le sigue el presente asunto por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: ALICIA ELENA SUMOZA ROJAS, decretándole el tribunal medida cautelar sustitutiva de libertad siendo una de ellas la contenida en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, numeral 3º es decir, Presentación cada treinta (30) días ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial.
SEGUNDO: En fecha 16 de Octubre del 2012, se recibió escrito de la defensa del imputado de autos solicita al tribunal la extensión del lapso de presentaciones que le fue impuesta el día cinco de Octubre de dos mil doce (2012), de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del ordina 3º del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, las Presentación cada treinta (30) días ante la unidad del alguacilazgo, alegando que el cumplimiento de las mismas lo perjudica en su jornada de trabajo, pasa a decidir lo solicitado.
Ahora bien, del análisis de las actuaciones y visto el record de presentación del justiciable, a los fines de garantizar los derechos del imputado de autos observado que hasta la presente fecha ha cumplido a cabalidad con el mismo, sin embargo esta juzgadora considera que no se encuentra acreditado su relación laboral, ya que la constancia de trabajo que fue presentada ante este Tribunal fue emitida de fecha 10-06-2011, por lo cual SE DECLARA SIN LUGAR la solicitud formulada y en consecuencia se mantiene el lapso de las presentaciones a cada treinta (30) días al ciudadano DANIEL ALONSO JIMENEZ VILLALOBOS. Y ASÍ SE DECIDE.

DECISION

Es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la solicitud formulada por la defensa del justiciable imputado de autos, y en consecuencia se mantiene el lapso de presentaciones a cada treinta (30) días por ante el Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión, déjese copias certificadas de la misma. Diaricese. Publíquese, Regístrese. Cúmplase.
Abg. Fátima Segovia
Jueza Primera de Primera Instancia
En Funciones de Control Audiencia y Medidas

Abg. Luis Trejo
Secretario


ASUNTO: GP01-S-2012-001669
Hora de Emisión: 5:54 PM