REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintiocho de noviembre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: GP02-O-2012-000194




SENTENCIA


AGRAVIADOS: BERNABE MARIN, cedula de identidad N°. V.12.698.133
APODERADO: Procurador Especial del Trabajo Abg. Hariton López.
AGRAVIANTES: NANCY LILIANA MELENDEZ LOPEZ,
MOTIVO: AMPARO
EXPEDIENTE N° GP02-O-2012-0000194..-

Nace la presente acción de Amparo Constitucional con motivo a que a la ciudadana: NANCY LILIANA MELENDEZ LOPEZ, desacatado, la Providencia administrativa signada con el Nª 062-2.012, de fecha 08 de febrero de 2.012, emanada de la Inspectoria del Trabajo Batalla de Vigirima, de los Municipios Diego Ibarra, Guacara, San Joaquín, y Los Guayos del Estado Carabobo, la cual ordena el Reenganche y Pago de Salarios Caídos de la ciudadana: BERNABE MARIN, cedula de identidad N°. V.12.698.133
En fecha 30 de octubre se recibe la presente Acción de Amparo Constitucional, la cual se ordena darle y entrada y en fecha 31 de octubre se admite y se ordenan las notificaciones a los fines de proceder a realizar, la audiencia de Acción de Amparo Constitucional una vez que el Alguacil del Tribunal deje constancia de las ultimas de las notificaciones en el expediente. Procediendo a fijarse la audiencia, para el día 23 de noviembre de 2.012, a las 02:00, pm.
Visto que en fecha 23 de noviembre del año dos mil doce (2012), siendo las Dos y cero minutos de la tarde (2:00 p.m.), día fijado para la audiencia de Acción de Amparo y haciendo el Alguacil los tres llamados respectivos, se evidencio que la ciudadana: NANCY LILIANA MELENDEZ LOPEZ, quien es la agraviante, no asistió, ni por si , ni por apoderado judicial alguno; asimismo se observo que la ciudadana agraviada: BERNABE DEL CARMEN MARIN, cedula de identidad N°. V. 12.698.133, la cual no asistió, ni por si , ni por apoderado judicial alguno, ni por el Procurador del Trabajo, que introdujo la presente acción de Amparo, lo cual se dejo constancia en la Audiencia de Acción de Amparo Constitucional, la cual se apertura a tales fines. Este tribunal deja expresa constancia que el ciudadano Fiscal Constitucional 81ª con competencia en Derechos y Garantías Constitucionales y Contencioso Administrativo, compareció la presente audiencia y manifestó al Tribunal que se declarase el Desistimiento del Procedimiento de Amparo de conformidad con el articulo 25 de la Ley Orgánica de Amparos y Garantías Constitucionales.
En virtud del desistimiento, por la incomparecencia de la agraviada, plenamente identificada en autos , este Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 7, 253, 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad al articulo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO DE AMPARO CONSTITUCIONAL, incoada por la Agraviada, BERNABE DEL CARMEN MARIN, cédula de identidad V. 12.698.133, asistida por el Procurador del Trabajo Harinton López, Inpreabogado N°101.258. Respectivamente en contra del la ciudadana: NANCY LILIANA MELENDEZ LOPEZ
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en el despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los veintiocho (28) de noviembre del año dos doce( 2012).

La Juez,
CAROLA DE LA TRINIDAD RANGEL
H.D.D.

LA SECRETARIA,

En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las 10:48 am.


..
.-